Resolución N° 71

EmisorDirección de métodos alternativos para la resolución de conflictos
Fecha de la disposición20 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 208
CORDOBA, (R.A.), LUNES 24 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
ñor Horacio Adrián Vázquez, M.I. N° 22.373.052, como Fiscal Penal Juvenil
“reemplazante” en la Fiscalía Penal Juvenil de Primer Turno de la Primera
Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Córdoba, remitiendo
los antecedentes obrantes de los postulantes.
Que este Poder Ejecutivo, en los términos del Decreto N° 2635/99,
solicitó a la Legislatura de la Provincia prestara acuerdo para designar al
señor Horacio Adrián Vázquez.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 21 de septiem-
bre del año 2016, prestó el acuerdo solicitado por Resolución R-3004/16,
de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 inciso 42 de la Constitu-
ción Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentados los requisitos legales y consti-
tucionales corresponde proceder a la designación del señor Horacio Adrián
Vázquez en el cargo mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Ley N° 8802 y modicatorias, y en ejercicio
de las atribuciones conferidas por los artículos 144 inciso 9 y 157 de la
Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE al señor Horacio Adrián Vázquez, M.I. N°
22.373.052, en el cargo de Fiscal Penal Juvenil “reemplazante” en la Fisca-
lía Penal Juvenil de Primer Turno de la Primera Circunscripción Judicial con
asiento en la ciudad de Córdoba.
Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto
en el Artículo anterior se imputará a la Jurisdicción 3.00, Programa 921,
Partida Principal 01, Parcial 01, Grupo 26, cargo 047, del Presupuesto Vi-
gente.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro
de Justicia y Derechos Humanos, y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal Superior de
Justicia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - LUIS EUGENIO ANGULO, MINISTRO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - JORGE CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
DIRECCION DE METODOS ALTERNATIVOS
PARA LA RESOLUCION DE CONFLICTOS
Resolución N° 71
Córdoba, 20 de Octubre de 2016
VISTO:
Que la Ley de Mediación 8858 en su artículo 43 inciso e) establece
que es función de la Autoridad de Aplicación determinar las condiciones
de admisibilidad y pautas de valuación para la obtención por parte de los
solicitantes de la matrícula habilitante de Mediador.
Que en cumplimiento de dicha norma se ha dictado la Resolución Nº
050/2008 que ja el marco legal de las convocatorias a evaluación o cual-
quier otro método de selección análogo que tenga como nalidad la admi-
sión a la matrícula provincial de Mediador.
Y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Reglamentario 1773/00 en su artículo 43 incisos c), d)
y e), apartado 9) determina que la Di.M.A.R.C. convocará a rendir la eva-
luación de idoneidad dos veces al año jándose por resolución las fechas,
contenido, modalidad y demás condiciones, siendo publicada con una an-
telación no inferior a los treinta días.
Que la Resolución Nº 050/2008 determina que la publicación de con-
vocatoria a evaluación se realizará en el Boletín Ocial con treinta días de
antelación a la misma.
Que debe indicarse un plazo de inscripción prudente de manera que
todos los aspirantes puedan cumplimentar dicho trámite.
Que se han conformado las ternas a los nes de la integración del Tri-
bunal evaluador, cuyos integrantes cumplimentan los requisitos prescriptos
por el artículo 6° de la Resolución N° 050/2008.
Que de acuerdo con la cantidad probable de aspirantes en función del
Registro de Mediadores de nuestra provincia y con el objetivo de asegurar
la eciencia docente en la recepción de la evaluación, se designan veinti-
cuatro miembros para la conformación de las ternas.
Que las etapas de la evaluación y ejes temáticos deben ser jados den-
tro del marco prescripto por el artículo 10° de la Resolución N° 050/2008.
Que la suscripta es competente para el dictado de la presente, en fun-
ción de lo establecido en el artículo 43 de la Ley N° 8858, artículo 43 inci-
sos c), d) y e) Anexo I del Decreto Reglamentario N ° 1773/00, sus cctes. y
correlativos.
POR ELLO
LA DIRECTORA DE LA DIRECCIÓN DE MÉTODOS ALTERNATIVOS
PARA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
R E S U E L V E:
Artículo 1°: CONVÓCASE a evaluación de Mediadores, la que se rea-
lizará de conformidad a lo dispuesto por la Resolución N° 050/2008.
Artículo 2°: La evaluación mencionada en el artículo anterior se lleva-
rá a cabo en dos partes: a) prueba escrita, el día lunes 12 de Diciembre de
2016 a las 14:00 hs, jándose como horario de nalización las 18:00 hs, en
la Sede de Di.M.A.R.C. de Avda. General Paz 70 – 5º Piso de esta ciudad;
b) entrevista personal, que se realizará el día sábado 17 de Diciembre de
2016 en la Sede mencionada en el apartado a) anterior a partir de las 8:00
hs.
Artículo 3°: La inscripción de los aspirantes se realizará en la sede de
Di.M.A.R.C. en el horario de 8:00 a 20:00 hs. a partir del cuarto día hábil de
publicación en el Boletín Ocial de la presente Resolución, hasta el 02 de
Diciembre de 2016 incluido. Para inscribirse los aspirantes deberán obser-
var los siguientes requisitos: a) Estar inscriptos en el Registro de Mediado-
res de la Provincia de Córdoba, encontrándose la correspondiente matrí-

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