Resolución N° 703

EmisorDirección Provincial de Vialidad
Fecha de la disposición 1 de Octubre de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX - Nº 190 CÓRDOBA, 2 de Octubre de 20152
como Lote 1, fracción de Dominio Privado Utilidad Pública Mu-
nicipal que mide: cincuenta metros de frente al Nor-Este sobre
calle Paraguay puntos 73-74 igual medida en su contrafrente al
Sud-Oeste, puntos 75-76 por donde linda con Boulevard Sáenz
Peña; por ochenta y seis metros ocho centímetros en sus costado
Sud-Este puntos 74-75 por donde linda con Avenida Chile.
Polígono de por medio, igual medida en su costado Nor-Oeste,
puntos 76-73 por donde linda con calle las Guayanas, Superficie
cuatro mil trescientos cuatro metros cuadrados, inscripto en el
Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula N°
1.328.293 a nombre de la referenciada Municipalidad; con cargo
de ser destinado a la construcción del edificio donde funcionará
un taller jurisdiccional y una escuela técnica para dicha ciudad.
Artículo 2°.- FACÚLTASE a la Dirección General de Rentas
para que cancele las deudas que existieran en concepto de
impuesto inmobiliario, como así también recargos intereses y
multas, en proporción a la superficie donada, conforme con lo
establecido por el artículo 176 del Código Tributario Provincial
Ley N° 6006- T.O. Decreto N° 400/2015.
Art. 3°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al
Departamento II Secretaría General.-
ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
CÓRDOBA
SR. ARMANDO SCHIAVONI
VOCAL DIRECTORIO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
CÓRDOBA
Resolución N° 703
Córdoba, 01 de Octubre de 2015
REF.: CONSORCIO CAMINERO N° 125, DE BALNEARIA -
SOLICITA RECONOCIMIENTO.- EXPEDIENTE N° 0045–028896/
59.-
VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales se eleva para
su aprobación el Acta de Asamblea General Ordinaria N° 343 de fecha
25 de Junio de 2015, correspondiente al Consorcio Caminero N° 125,
Balnearia, referida a la renovación parcial de los miembros de Comisión
Directiva y elección de 3° Vocal por renuncia de su antecesor, todo ello
en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 6233.
Y CONSIDERANDO: Que por renuncia del Señor Alcides Omar
Bosio, D.N.I. N° 13.054.073, quien se desempeñaba en el cargo de 3°
Vocal, corresponde elegir a su reemplazante hasta completar el período
del mandato por el cual fue electo su antecesor.
Que del Acta de Asamblea N° 343 acompañada en autos, de fecha 25
de Junio de 2015, e informe del Departamento I – Conservación Caminos
de Tierra, surge que se ha procedido a elegir el reemplazante de la
persona antes citada, resultando electo el Señor Ricardo Miguel Peyronel,
D.N.I. 08.108.000, como 3° Vocal del referido Consorcio.
Que asimismo, del instrumento anteriormente aludido, se desprende
que el Consorcio de Balnearia, ha procedido a la renovación parcial de
sus autoridades, en relación a los cargos de Vicepresidente, Tesorero,
1° y 2° Vocal.
Que los mandatos de las autoridades electas en Asamblea de fecha 25/
06/2015 comenzarán a regir a partir de la fecha de finalización de los
mandatos de las autoridades aprobadas mediante Resolución N° 00764/
2011, esto es, a partir del 09/11/2015.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N° 630/15 que
luce en autos, concluye que no tiene objeción jurídico – formal que
formular, por lo que de así estimarlo esa Superioridad puede prestar
aprobación a la documentación elevada y designación de autoridades
enumeradas por el Departamento Conservación Caminos de Tierra,
en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 8555 Art. 3 inc. e), en
concordancia con lo dispuesto por las Leyes N° 6233 y 8030.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el
Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley
N° 8555 y las previsiones de la Ley N° 6233.
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1°.- Aprobar el Acta N° 343, correspondiente a la Asamblea
General Ordinaria del Consorcio Caminero N° 125 de Balnearia, de
fecha 25 de Junio de 2015, referida a la elección de 3° Vocal, por las
razones vertidas en los Considerando de la presente, resultando electo
el Señor Peyronel, Ricardo Miguel, D.N.I. N° 08.108.000.
Art. 2°.- Dejar establecido, como consecuencia de lo dispuesto
en el Artículo anterior, que el mandato de la persona antes referida, y que
resultara electa en el cargo de 3° Vocal, tiene vigencia desde la fecha de
la Asamblea General Ordinaria, y hasta la finalización del período por el
cual fue electo su antecesor.
Art. 3°.- Aprobar el Acta correspondiente a la Asamblea General
Ordinaria N° 343 del Consorcio Caminero N° 125, Balnearia, de fecha
25 de Junio de 2015, referida a la renovación parcial de los miembros de
Comisión Directiva, cuyos mandatos regirán desde el 09/11/2015 y por
el término de cuatro (4) años, de acuerdo al siguiente detalle:
Vicepresidente: PORCHIETTO, Ricardo A.....D.N.I. 11.711.367
Tesorero: BOSIO, Alcides O........................D.N.I. 13.054.073
1° Vocal: BARAVALLE, Víctor E...................D.N.I. 11.298.777
2° Vocal: CICARE, Delvis L.........................D.N.I. 06.449.272
Art. 4°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,
dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al Departamento II
Secretaría General.-
ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
CÓRDOBA
SR. ARMANDO SCHIAVONI
VOCAL DIRECTORIO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
CÓRDOBA
Resolución N° 705
Córdoba, 01 de Octubre de 2015
REF.: CONSORCIO CAMINERO N° 19, DE BRINKMANN -
SOLICITA RECONOCIMIENTO.- EXPEDIENTE N° 0045-026517/
56.-
VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales se eleva para
su aprobación el Acta de Asamblea General Ordinaria N° 392, de fecha
30 de Julio de 2015, correspondiente al Consorcio Caminero N° 19,
Brinkmann, referida a la renovación parcial de sus Autoridades y elección
de Vice-presidente y 1° Vocal por fallecimiento y renuncia de sus
antecesores, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N°
6233.
Y CONSIDERANDO: Que por fallecimiento del Señor Italo Segundo
Amellone, D.N.I. N° 06.418.531, y por renuncia del señor Italo Antonio
Forneris, D.N.I N° 10.788.929, quienes se desempeñaban en los car-
gos de Vice-presidente y 1° Vocal respectivamente, corresponde elegir
a sus reemplazantes hasta completar el período del mandato por el cual
fueron electos sus antecesores.
Que del Acta de Asamblea acompañada en autos e informe del
Departamento I – Conservación Caminos de Tierra, surge que se ha
procedido a elegir los reemplazantes de las personas antes citadas,
resultando electos el Señor Italo Antonio Forneris, D.N.I. N° 10.788.929,
como Vice-presidente y el Señor Ramón José Mondino, D.N.I. N°
11.831.575, como 1° Vocal del referido Consorcio.
Que asimismo del instrumento anteriormente aludido, se desprende
que el Consorcio de Brinkmann ha procedido a la renovación parcial de
sus autoridades, en relación a los cargos de Presidente, Secretario, 3°
Vocal y Comisión Revisora de Cuentas.
Que la Municipalidad de Brinkmann mediante Decreto N° 172/15
designa como representante necesario al Sr. Adelcar Eladio Pons,
D.N.I. 16.634.024, para ocupar el cargo de 4° Vocal en el Consorcio de
que se trata.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N° 680/15 que
luce en autos, señala que no tiene objeción jurídico formal que formular,
por lo que de así estimarlo esa Superioridad puede prestar aprobación
a la documentación indicada supra, y designación de autoridades de
conformidad a lo indicado por el Departamento I Caminos de Tierra,
todo ello conforme las facultades conferidas por la Ley N° 8555 art. 3 inc.
e), en concordancia con lo dispuesto por las Leyes N° 6233 y 8030.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el
Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley
Provincial N° 8555 y las previsiones de la Ley N° 6233;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1°.- Aprobar el Acta correspondiente a la Asamblea General
Ordinaria del Consorcio Caminero N° 19, de Brinkmann, de fecha 30 de
Julio de 2015, referida a la elección de Vice-presidente y 1° Vocal, por
las razones vertidas en los Considerando de la presente, resultando
electos los Señores Forneris, Italo Antonio, D.N.I. 10.788.929, y Mondino,
Ramón José, D.N.I N° 11.831.575, respectivamente.
Art. 2°.- Dejar establecido, como consecuencia de lo dispuesto en
el Artículo anterior, que el mandato de las personas antes referidas, y que
resultaran electas en los cargos de Vice-presidente y 1° Vocal, tiene
vigencia desde la fecha de la presente Resolución, y hasta la finalización
del período por el cual fueron electos sus antecesores.
Art. 3°.- Aprobar el Acta correspondiente a la Asamblea General
Ordinaria del Consorcio antes referido, de fecha 30 de Julio de 2015,
referida a la renovación parcial de los miembros de Comisión Directiva,
cuyos mandatos regirán a partir de la fecha de la presente Resolución,
y por el término de cuatro (4) años, de acuerdo al siguiente detalle:
Presidente: ACTIS, Víctor H....................D.N.I. 06.449.904
Secretario: GIORGIS, Daniel A.............. D.N.I. 16.752.237
3° Vocal: DEPETRIS, Rubén V.............. D.N.I. 12.751.533
4° Vocal: (Persona de Representación Necesaria de Municipalidad
de Brinkmann s/ Decreto N° 172/15:
PONS, Adelcar E..................................D.N.I. 16.634.024
1° Rev. de Cuentas: GALANZINO, Raúl A.....D.N.I. 17.190.017
2° Rev. de Cuentas: BELTRAMINO, Olider....D.N.I. 11.831.568
Art. 4°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura, y pase al Departamento
II - Secretaría General.
ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
CÓRDOBA
SR. ARMANDO SCHIAVONI
VOCAL DIRECTORIO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
CÓRDOBA
Artículo 3°.- FACÚLTASE a Escribanía General de Gobierno
a efectuar la inscripción en forma directa del inmueble descripto
en el artículo 1° del presente Decreto conforme lo establecido en
el artículo 1810 in fine del Código Civil, ingresando el mismos al
dominio privado de la Provincia.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor
Ministro de Educación y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a
Contaduría General de la Provincia, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
VIENE DE TAPA , DECRETO Nº 1038...
VIENE DE TAPA , RESOLUCION Nº 697...

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