Resolución N° 7 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 29 de Marzo de 2021 |
Emisor | Ministerio de finanzas |
Fecha de la disposición | 26 de Marzo de 2021 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXV - Nº 60
CORDOBA, (R.A.) LUNES 29 DE MARZO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
vincial de solicitar el pago de la graticación por jubilación a través del
aplicativo descripto en el artículo anterior.
Artículo 3º: DISPÓNESE que todo el personal alcanzado por el pre-
sente instrumento, que gestionare la renuncia a su cargo a través de la
plataforma Empleado Digital – EDI conforme los establecido en el disposi-
tivo 1º de la presente, deberá usufructuar la totalidad de licencias y francos
compensatorios pendientes, con anterioridad a la fecha a partir de la cual
se haga efectiva la misma.
Artículo 4º: APRUÉBASE el procedimiento para la gestión y control de
carpetas médicas y funcionamiento de juntas médicas que, como Anexo I
compuesto de cinco (05) fojas útiles, forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 5º: APRUÉBANSE, el “Formulario de Justicación de Licen-
cia por Enfermedad” (F.19 v2), y el “Formulario de Junta Médica” (F.23 v2),
los que deberán ser utilizados conforme el procedimiento aprobado y que,
como Anexo II compuesto de dos (2) fojas útiles, forma parte integrante de
la presente Resolución.
Artículo 6°: FACÚLTASE a la Dirección de Personal dependiente de la
Secretaría Administrativa a establecer los procedimientos complementa-
rios que resulten necesarios para la efectiva implementación de lo estable-
cido en el presente instrumento legal.
Artículo 7º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: GUILLERMO ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO - ANA CAROLINA COM-
BA, SECRETARIA LEGISLATIVA - GABRIEL ROBERI, SECRETARIO TÉCNICO
PARLAMENTARIO - FREDY DANIELE, SECRETARIO DE COORDINACIÓN OPE-
RATIVA Y COMISIONES
ANEXO
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N° 18
Córdoba, 25 de marzo de 2021
VISTO: El expediente Nº 0279-011921/2021del registro de este Ministerio
de Ciencia y Tecnología.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección General de Administra-
ción y Legales de este Ministerio propicia el llamado a convocatoria para la
presentación de los “Informes Bienales” previstos en el Capítulo Vdel Escala-
fón del Personal Cientíco y Tecnológico de la Provincia de Córdoba, Ley N°
9.876, y el inicio del “Procedimiento de Evaluación y Promoción”, en atención
al inminente cumplimento de los dos (2) años del ultimo llamado efectuado
mediante Resolución N° 35/2019 de este Ministerio de Ciencia y Tecnología.
Que en su mérito corresponde convocar a todos los miembros de la
Carrera del Personal Cientíco Tecnológico de la Provincia de Córdoba a
presentar los Informes Bienalescorrespondientes al Período 2019-2021, y
dar inicio al “Procedimiento de Evaluación y Promoción” del Personal del
Escalafón Cientíco Tecnológico, todo ello de conformidad al “Reglamento
de Evaluación de Informes Bienales y Promoción” aprobado mediante Re-
solución N° 22/2020 de esta cartera ministerial.
Por ello, lo dispuesto en los artículos 13, 24, 25, 26, 34 inc. c) y con-
cordantes de la Ley 9.876, y lo dictaminado por la Subdirección de Asuntos
Legales al N° 22/2021;
EL MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Artículo 1°. - CONVOCAR a todos los miembros de la Carrera del
Personal Cientíco Tecnológico de la Provincia de Córdoba a presentar los
Informes Bienalescorrespondientes al Período 2019-2021, de conformidad
a lo dispuesto en el artículo 1° del “Reglamento de Evaluación de Informes
Bienales y Promoción” aprobado mediante Resolución N° 22/2020.
Artículo 2°. - DISPONER el inicio del Procedimiento deEvaluación y
Promoción del Personal del Escalafón Cientíco Tecnológico de conformi-
dad a la Ley N° 9.3876 y al“Reglamento de Evaluación de Informes Biena-
les y Promoción” aprobado mediante Resolución N° 22/2020, según crono-
grama que se establece en Anexo I, el que compuesto de una (1) foja útil
forma parte de la presente Resolución.
FDO.: PABLO DE CHIARA, MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA.
ANEXO
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N° 7
Córdoba, 26 de marzo de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0473-078925/2021.
Y CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 1205/15 y sus modicatorios, reglamen-
tario del Código Tributario Provincial –Ley N° 6006 t.o. 2015 y sus modi-
catorias-, el Poder Ejecutivo unicó en una sola disposición los Decretos
vigentes en materia tributaria a los nes de contribuir a la seguridad jurí-
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