Resolución N° 699-SECTRANS/17

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2017

RESOLUCIÓN N.° 699/SECTRANS/17

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2017

VISTO:

La Ley N° 1218 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nros 1.510/GCBA/97 y 403/GCBA/16, las Resoluciones Nros 228/SECTRANS/17 y 489/SECTRANS/17, la Resolución Conjunta N° 2/SECTRANS/16 y Expte. Nº 7388970/MGEYA-DGHCT/17 y,

CONSIDERANDO:

Que Jorge Felipe Abrantes Malagueta Rodrigues Tavares en su carácter de apoderado de INSPECENTRO S.A. - SUCURSAL ARGENTINA (en adelante, INSPECENTRO) el 31 de agosto de 2017 interpuso Recurso de Aclaratoria respecto de los alcances de la Resolución N° 489-SECTRANS-17(en adelante, Resolución N° 489);

Que INSPECENTRO expresa que se ha omitido el tratamiento del planteo de nulidad interpuesto en forma conjunta con el Recurso de Reconsideración con Jerárquico en subsidio en contra de la Resolución N° 228/SECTRANS/17 (en adelante, Resolución 228);

Que la Resolución N° 228 multa a INSPECENTRO de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión del Servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria de los vehículos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y optativa en los radicados en jurisdicciones extrañas;

Que la Resolución N° 489 en sus considerandos expresamente hace alusión al planteo de nulidad de INSPECENTRO y en tal sentido esta Secretaría analizó y determinó que la Resolución N° 228 cumple con todos los requisitos esenciales exigidos por el Artículo 7 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la CABA;

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