Resolución Nº 694/GCABA/SSREGIC/17

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 19.887.005/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Servicios: Café - Bar" para el inmueble sito en la calle Bolívar N° 970

Planta Baja - Local N° 59 "Mercado San Telmo", con una superficie a habilitar de 12,96

m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2c del Distrito APH 1 de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°

1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección:

Estructural;

Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación

Urbanística, a través del Informe N° 20338921-DGIUR-2017, considera que desde el

punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para

acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan

impactos relevantes en el Distrito;

Que los usos consignados permitidos para la zona "c" del Cuadro de Usos 5.4.12.1 del

Código de Planeamiento Urbano: "Servicios Terciarios: Bar, café, whiskería,

cervecería, lácteos";

Que no se visa Publicidad, toda vez que el local se encuentra dentro del Mercado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de

Interpretación Urbanística.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO

RESUELVE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Servicios: Café - Bar" para el inmueble sito en la calle Bolívar N° 970 Planta

Baja - Local N° 59 "Mercado San Telmo", con una superficie a habilitar de 12,96 m2,

(Doce metros cuadrados con noventa y seis decímetros cuadrados) debiendo cumplir

con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.

Artículo 2° Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado

publicidad, en caso de...

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