Resolución N° 693/CDNNYA/21

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición 2 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 693/CDNNYA/21
Buenos Aires, 29 de junio de 2021
VISTO: Las Leyes Nacionales Nº 20.416 y N° 24.588, la Ley N° 114 (texto consolidado
por Ley N° 6.347), los Decretos PEN N° 210/89 y N° 873/16, el Decreto N° 492/16 y su
modificatorio, el Decreto N° 495/16, las Resoluciones N° 942-CDNNyA/16, N° 114-
LCBA/17, N° 947-CDNNyA/18, N° 60-ISSP/18 y N° 548-CABA-DGRPJ/21, el
Expediente Electrónico N° 19355754-GCABA-DGRPJ/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niños, niñas y adolescentes;
Que conforme lo dispuesto por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de
autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;
Que por el Decreto PEN N° 873/16 se transfirieron a la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires los programas de asistencia directa y los dispositivos gubernamentales de
intervención con adolescentes infractores de la Ley Penal que dependieran del
entonces Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, así como también el
Cuerpo Especial de Seguridad y Vigilancia (CESyV), regido por el Decreto PEN N°
210/89;
Que por el Decreto N° 492/16 y su modificatorio, el Decreto N° 495 /16, se instruyó a la
titular del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para celebrar los
convenios y realizar las gestiones necesarias para el traspaso de los programas de
asistencia directa y los dispositivos gubernamentales de intervención con adolescentes
infractores de la Ley Penal que dependieran del entonces Consejo Nacional de Niñez,
Adolescencia y Familia, así como para la transferencia del CESyV, en los términos
establecidos en el Decreto PEN N° 873/16;
Que, en el marco de dicha normativa, en fecha 20 de septiembre de 2016 se suscribió
el “Convenio de Transferencia de Servicios de Atención Directa de Adolescentes en
Conflicto con la Ley Penal al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”,
celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF),
en representación del Estado Nacional, y el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños
y Adolescentes, en representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante
el cual se dispuso, entre otros aspectos, el traspaso a la Ciudad del personal que
integra el CESyV;
Que en la cláusula sexta, apartado primero, del mencionado convenio se acordó que
los agentes públicos transferidos conservan el nivel escalafonario, remuneración,
antigüedad, derechos previsionales y de cobertura social que tuvieran al momento de
la transferencia, o sus equivalentes, de acuerdo a la normativa vigente, y de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley Nacional N° 24.588;
Que mediante la Resolución N° 114-LCBA/17, la Legislatura de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires aprobó el convenio precitado, el que se encuentra registrado bajo el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6161 - 02/07/2021

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