Resolución N° 67 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 28 de Septiembre de 2021 |
Emisor | Ministerio de industria, comercio y minería |
Fecha de la disposición | 24 de Septiembre de 2021 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 202
CORDOBA, (R.A.) MARTES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 247
Córdoba, 13 de septiembre de 2021
VISTO: El expediente Nº 0165-166474/2021 por el que se solicita el cierre de
los Fondos Permanentes “X” FONDO DE EMERGENCIAS POR INUNDACIO-
NES LEY 10267, creado por Resolución Ministerial N° 189/2015 y modicado
por Resolución N° 004/2016; y “R” ATENCIÓN DE SITUACIONES DE DESAS-
TRE, creado por Resolución Ministerial N° N° 125/2016 y modicado por Reso-
lución N° 009/2016, ambos de la Secretaría General de la Gobernación.
Y CONSIDERANDO:
Que atento al artículo 44 de la Ley N° 10679/2019 de modicaciones
al Código Tributario de la Provincia de Córdoba que establece que los gas-
tos y/o saldos remanentes del Fondo de Emergencias por Inundaciones
Ley 10267, serán atendidos por el Fondo Permanente para Atención de
Situaciones de Desastre, creado por Decreto N° 1936/2015, es necesario
proceder al cierre denitivo del Fondo Permanente “X” FONDO DE EMER-
GENCIAS POR INUNDACIONES LEY 10267.
Que por Decreto N° 1615/2019 se establece una nueva estructura or-
gánica del Poder Ejecutivo, donde las funciones que compete a lo referente
a la Atención de Situaciones de Desastre, programa presupuestario 208,
serán atendidas por el Ministerio de Desarrollo Social, tornándose necesa-
rio al cierre denitivo del Fondo Permanente “R” ATENCIÓN DE SITUACIO-
NES DE DESASTRE.
Que conforme lo determina el Artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad
de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos
Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable, en relación al cierre de los Fondos Permanentes solicitados,
habiendo efectuado la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Públi-
co, la intervención de su competencia.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado por la Sub-
secretaría de Tesorería General y Crédito Público a fs. 8, lo dictaminado
por el Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al
Nº 417/2021 y en los términos de la Resolución Ministerial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Viene de Pag. 01
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y
ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N° 14 ..................................................................Pag. 5
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 352 ................................................................Pag. 6
Resolución N° 353 ................................................................Pag. 7
Resolución N° 354 ................................................................Pag. 7
Resolución N° 355 ................................................................Pag. 8
Resolución N° 357 ................................................................Pag. 8
CÁMARAS DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y CON-
TENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PRIMERA Y SEGUNDA NOMINA-
CIÓN DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
Resolución Administrativa N° 246 ........................................Pag. 9
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo N° 840 - Serie “A” ..................................................Pag. 10
Acuerdo N° 872 - Serie “A” ..................................................Pag. 10
Acuerdo N° 873 - Serie “A” ..................................................Pag. 14
Acuerdo N° 874 - Serie “A” ..................................................Pag. 18
Acuerdo N° 875 - Serie “A” ..................................................Pag. 22
Acuerdo Reglamentario N° 1722 - Serie “A” .......................Pag. 22
Acuerdo Reglamentario N° 1723 - Serie “A” .......................Pag. 23
Convocatoria Elecciones ......................................................Pag. 24
Artículo 1º DISPONER el cierre de los Fondos Permanentes “X” FONDO
DE EMERGENCIAS POR INUNDACIONES LEY 10267 y “R” ATENCIÓN DE
SITUACIONES DE DESASTRE, de la Secretaría General de la Gobernación.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de
la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, al Servicio Administrativo
de Secretaría General de la Gobernación y a la Subsecretaría de Tesorería
General y Crédito Público, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SEC. DE ADMINIST. FINANCIERA, MINISTERIO DE
FINANZAS
Por encomienda de rma – Resolución Ministerial N° 119/2020.
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERÍA
Resolución N° 67
Córdoba, 24 de septiembre de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0760-013021/2021, mediante el cual se tramita la en-
trega de premios a los ganadores del “Concurso Ideas Emprendedoras 2.021”.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1114 de fecha 26 de septiembre de 2013, se
aprobó el Programa “Concurso Ideas Emprendedoras”, el que se llevará a
cabo anualmente en el ámbito de este Ministerio.
Que el presente concurso tiene por nalidad incentivar a los empren-
dedores a formular, desarrollar y fortalecer sus proyectos y planes de ne-
gocios, reconociendo y premiando emprendimientos cordobeses que se
destaquen en términos de originalidad y potencialidad, y en la contribución
al desarrollo socio-productivo de la provincia.
Que mediante Decreto Nº 1158 de fecha 23 de julio de 2018, se modi-
caron los artículos 2º y 3º y se sustituyó el Anexo I del citado instrumento
legal, estableciendo en sus Bases y Condiciones que los destinatarios del
mismo son las personas humanas radicadas en el ámbito de la Provincia
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba