Resolución Nº 668/GCABA/CDNNYA/15
Firmantes | Tagliaferri |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Consejo de Los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes |
Fecha de la disposición | 30 de Julio de 2015 |
VISTO:
La Ley N° 114, la Ley N° 2.095, su modificatoria la Ley N° 4.764, el Decreto N°
95/2.014, las Resoluciones Nros. 522/CDNNyA/2.014 y 1.159/CDNNyA/2.014, la
Disposición N° 6/DGLTACDN/2.014, el Expediente electrónico N° 13105891/MGEYA-
DGLTACDN/2.014, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las
funciones que le incumben a la Ciudad en materia de la promoción y protección de los
derechos de niños, niñas y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada norma, el Consejo goza de autonomía técnica,
administrativa y autarquía financiera;
Que por medio de la Disposición N° 6/DGLTACDN/2.014, se aprobó la Contratación
Directa N° 112-0003-CDl14, realizada en los términos del artículo 28, inciso 3°, de la
Ley N° 2.095, modificada por la Ley N° 4.764 y su Decreto reglamentario N° 95/2.014,
para la contratación del servicio de mensajería en moto, por el plazo de veinticuatro
(24) meses, entre la Sede Central de este Consejo, las Defensorías Zonales, y
diferentes dispositivos ubicados en la Provincia de Buenos Aires;
Que por la Resolución N° 522/CDNNYA/2.014 se adjudicó la mencionada contratación
a la firma DL EXPRESS S.R.L., C.U.I.T. N° 30-70828940-6, por el plazo de
veinticuatro (24) meses, y por un monto total de PESOS QUINIENTOS VEINTIÚN MIL
SEISCIENTOS ($ 521.600,00), suscribiéndose el contrato respectivo por el período
que se extiende desde el 3 de junio del 2.014 y el 2 de junio del 2.016;
Que asimismo, a través de la Resolución N° 1.159/CDNNyA/2.014, se aprobó la
ampliación del monto del contrato citado, para cubrir circuitos por fuera de los
contemplados en la mencionada contratación directa, desde el mes de octubre del
2.014, y por el término de vigencia del contrato, por la suma total de PESOS
CINCUENTA MIL ($ 50.000.-), abonando la suma mensual con un tope de PESOS
DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500,00.-);
Que según lo informado por la Dirección General de Programas Descentralizados y la
Dirección Operativa de Intervenciones Especiales, en las Notas N° NO-19333466-
DGPDES-2.015 y NO-19379798-DGSAP-2.015, resulta necesario realizar una
ampliación del monto...
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