Resolución Nº 665/GCABA/CDNNYA/15
Firmantes | Tagliaferri |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Consejo de Los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes |
Fecha de la disposición | 30 de Julio de 2015 |
VISTO:
La Ley N° 114, la Ley N° 2.095 y su modificatoria la Ley N° 4.764, el Decreto N°
95/2014, la Resolución N° 821/CDNNyA/2014, el Expediente Electrónico N°
05.608.244/MGEyA-DGLTACDN/2014, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las
funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los
derechos de niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que mediante el Expediente Electrónico N° 05.608.244/MGEyA-DGLTACDN/2014
tramitó la Resolución N° 821/CDNNyA/14, por la que se dispuso la contratación directa
para la locación administrativa del inmueble sito en la calle Pieres N° 376/78, planta
baja, Unidad Funcional N° 2, de esta Ciudad, por el término de treinta y seis (36)
meses, desde el 1° de julio de 2014 al 30 de junio de 2017, para el funcionamiento de
la Defensoría Zonal Comuna N° 9, dependiente de este Consejo de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes, con un canon locativo de PESOS CUATRO MIL
QUINIENTOS ($ 4.500.-) mensuales para el primer año de vigencia del contrato,
conviniéndose que los cánones locativos correspondientes al segundo y tercer año
serían consensuados entre las partes, previa tasación del Banco Ciudad de Buenos
Aires;
Que en virtud de ello y habiendo transcurrido el primer año de vigencia del contrato, la
Gerencia de Recupero de Créditos-Valuaciones Inmuebles, Bienes Registrables y
Otros del Banco Ciudad de Buenos Aires efectuó la tasación pertinente, sugiriendo
para el segundo año de vigencia del contrato, un canon locativo mensual de PESOS
CINCO MIL QUINIENTOS ($ 5.500.-), conforme se desprende de las constancias
obrantes como IF N° 19.928.127/DGLTACDN/2015;
Que a partir de las tratativas llevadas a cabo por la Subdirección Operativa de Bienes
y Servicios con los propietarios del inmueble en cuestión, se convino fijar el canon
locativo para el período comprendido entre el 1° de julio de 2015 y el 30 de junio de
2016, en la suma mensual de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($...
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