Resolución Nº 66/GCABA/SSREGIC/17

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 25.331.057/2016, por el que se consulta respecto a la Obra de

ampliación y modificación con demolición parcial con destino "Vivienda unifamiliar",

para el predio sito en la calle Mariscal Antonio José de Sucre N° 3757/9, de acuerdo a

lo graficado en PLANO-2016-27423080-DGROC (N° Orden 32), y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión se halla emplazado en el Distrito U28 "Belgrano R"

(Parágrafo 5.4.6.29) de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano y su

modificatoria la Ley N° 4465;

Que la Gerencia Operativa Supervisión Interpretación Urbana de la Dirección General

de Interpretación Urbanística, mediante Informe N° 02808319-DGIUR-2017, indica que

en relación a la normativa vigente seinforma que el Parágrafo 5.4.6.29 Distrito U28

"Belgrano R", establece lo siguiente:

"...4) Tipología edilicia: Se permiten edificios entre medianeras y de perímetro libre.

4.1 Tejido: Cumplirá con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a:

R = h/d = 1 r = h'/d' = 1,5

Se considera como espacio urbano los patios internos que cumplan con las relaciones

establecidas, con medidas mínimas de 4m por 8m a nivel de la cota de la parcela

establecida por la Dirección de Catastro.

4.1.1 Línea de Frente Interno

Deberán cumplirse con las disposiciones generales de la Sección 4 y de la Sección 5,

para el Distrito R1bI. Se confirman las L.F.I. fijadas para las Manzanas Nros. 22, 69,

80, 105 y 106 de la Sección 37, Circunscripción 17, 34, 41, y 53b de la Sección 39,

Circunscripción 16, 108, 109b, 114a, 114b, 116a y 123 de la Sección 51,

Circunscripción 15, 155, 156 y 190 de la Sección 49, Circunscripción 15.

4.1.2 Altura máxima: Cualquiera sea la tipología adoptada para los edificios a

construir, los mismos no podrán sobrepasar una altura de 8,80m a partir de la cota de

la parcela determinada por la Dirección de Catastro; sobre los planos límite verticales

generados por la Línea de Edificación y la Línea de Frente Interno, se permitirá la

construcción de un piso retirado bajo dos planos límites a 45° apoyados sobre las

líneas de altura máxima ya determinada y un plano límite...

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