Resolución Nº 66/GCABA/SSREGIC/17
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 25.331.057/2016, por el que se consulta respecto a la Obra de
ampliación y modificación con demolición parcial con destino "Vivienda unifamiliar",
para el predio sito en la calle Mariscal Antonio José de Sucre N° 3757/9, de acuerdo a
lo graficado en PLANO-2016-27423080-DGROC (N° Orden 32), y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se halla emplazado en el Distrito U28 "Belgrano R"
(Parágrafo 5.4.6.29) de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano y su
modificatoria la Ley N° 4465;
Que la Gerencia Operativa Supervisión Interpretación Urbana de la Dirección General
de Interpretación Urbanística, mediante Informe N° 02808319-DGIUR-2017, indica que
en relación a la normativa vigente seinforma que el Parágrafo 5.4.6.29 Distrito U28
"Belgrano R", establece lo siguiente:
"...4) Tipología edilicia: Se permiten edificios entre medianeras y de perímetro libre.
4.1 Tejido: Cumplirá con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a:
R = h/d = 1 r = h'/d' = 1,5
Se considera como espacio urbano los patios internos que cumplan con las relaciones
establecidas, con medidas mínimas de 4m por 8m a nivel de la cota de la parcela
establecida por la Dirección de Catastro.
4.1.1 Línea de Frente Interno
Deberán cumplirse con las disposiciones generales de la Sección 4 y de la Sección 5,
para el Distrito R1bI. Se confirman las L.F.I. fijadas para las Manzanas Nros. 22, 69,
80, 105 y 106 de la Sección 37, Circunscripción 17, 34, 41, y 53b de la Sección 39,
Circunscripción 16, 108, 109b, 114a, 114b, 116a y 123 de la Sección 51,
Circunscripción 15, 155, 156 y 190 de la Sección 49, Circunscripción 15.
4.1.2 Altura máxima: Cualquiera sea la tipología adoptada para los edificios a
construir, los mismos no podrán sobrepasar una altura de 8,80m a partir de la cota de
la parcela determinada por la Dirección de Catastro; sobre los planos límite verticales
generados por la Línea de Edificación y la Línea de Frente Interno, se permitirá la
construcción de un piso retirado bajo dos planos límites a 45° apoyados sobre las
líneas de altura máxima ya determinada y un plano límite...
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