Resolucion n° 655 J.y S.

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición27 de Octubre de 2005

RESOLUCION N° 655 J.y S.

Mendoza, 27 de octubre de 2005

Visto el expediente N° 0008197-Z-04-00105, y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones el Cabo (R) -Personal Policial- Gustavo Jordán Zilleruelo Rodríguez, solicita se le abone el Suplemento por Tiempo Mínimo en el Grado Cumplido -Item 031-, previsto en el Art. 11 del Régimen de Remuneraciones del Personal de Seguridad aprobado por Ley N° 5336;

Que surge del Certificado N° 17714 de fs. 4 que el solicitante ingresó como Agente C.C. el 01/08/88 y que ascendió a Cabo C.C. el 01/04/99 hasta el 26/12/00 en que se produjo su Baja Voluntaria;

Que, en consecuencia, lo que debió percibir en concepto Adicional por Tiempo Mínimo en el Grado Cumplido, aunque no lo haya percibido, se encuentra prescripto por haber transcurrido, desde su baja, más de los dos (2) años previstos por el Decreto N° 560/73 -Estatuto del Empleado Público- en su Art. 38 bis (agregado por Ley N° 6502) de aplicación al Personal Policial.

Por ello y lo...

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