Resolución Nº 652/GCABA/CDNNYA/17

FirmantesLeguizamón
EmisorF/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

VISTO:

La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por

Decreto 1510/97, ratificado por Resolución de la Legislatura N° 41/1998 (texto

consolidado por Ley N° 5.666), Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666), la

Resolución N° 642/CDNNyA/2017, el Expediente electrónico N° 15.877.779/MGEYA-

DGLTACDN/2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en

materia de promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que por la Resolución N° 642/CDNNyA/2017 se llamó a Concurso Público Abierto de

Antecedentes y Oposición para la cobertura de ciento cincuenta y cinco (155) vacantes

del cargo de operador social para los establecimientos Centro Socioeducativo de

Régimen Cerrado Manuel Rocca/Agote; San Martín y Manuel Belgrano; Centro de

Admisión y Derivación Ursulla Llona de Inchausti (CAD); Residencias Socio-

Educativas de Libertad Restringida Almafuerte; Simón Rodríguez y Juana Azurduy y el

Dispositivo de Supervisión y Monitoreo, todos dependientes de la Dirección General de

Responsabilidad Penal Juvenil del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes;

Que asimismo, se estableció que las inscripciones al presente proceso deberían

efectuarse del 31 de julio al 31 de agosto de 2017 de lunes a viernes de 10 a 14 hs.,

en la calle Charcas 4602 de esta Ciudad;

Que sin embargo, corresponde realizar una rectificación de la mencionada Resolución

a fin de modificar el período del proceso, el cual deberá efectuarse del 31 de julio al 11

de agosto de 2017;

Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires, aprobada por Decreto 1510/97, ratificado por Resolución de la

Legislatura N° 41/1998 (texto consolidado por Ley N° 5.454) establece que en

cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y

los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;

Que por las consideraciones vertidas...

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