Resolución N° 652 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorSecretaría de Arquitectura
Fecha de la disposición20 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
14
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXIX - Nº 102
CORDOBA, (R.A.), MARTES 30 DE MAYO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Mayo de 2 015, como así también a fs. 193 corre agregada Acta de Recep-
ción Denitiva de fecha 22 de Julio 2016, las que se labran sin observacio-
nes;
Que a fs. 198 la Inspección actuante produce informe de Plazos, corro-
borado por la Jefatura de Área de Inspecciones y Certicaciones a fs. 204
en la cual solicita la continuidad del trámite y confección del Certicado de
devolución de Fondo de Reparo;
Que a fs. 200 División Certicaciones elabora el Certicado corres-
pondiente a la Devolución del Fondo de Reparo de los Certicados Final
N° 1 y Especial N° 2, por el importe de $43.212,56.- por lo que deberá
librarse Orden de Pago, criterio que resulta compartido por la Dirección de
Administración – Tesorería del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras
Viales a fs. 205;
Que a fs. 207 se expide División Jurídica mediante Dictamen Nº
772/2016, expresando que atento las constancias de autos, lo establecido
por los arts. 79, 81 y 108 del Decreto N° 4758/77 y las facultades confe-
ridas, puede el Señor Secretario dictar Resolución aprobando el Acta de
Recepción Provisional de fs. 189 y Denitiva de fs. 193 y autorizando la
Devolución del Fondo de Reparo de conformidad a l informe de fs. 205 de
Tesorería de la Dirección de Administra ción;
ATENTO ELLO,
EL SEÑOR SECRETARIO DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º-: APROBAR las Actas de Recepción Provisional de fs.
189 y Denitiva de fs. 193 de los trabajos de: “REMODELACIÓN Y REFAC-
CIÓN DEL ÁREA DE GUARDIA en el HOSPITAL TRÁNSITO CACERES
DE ALLENDE, ubicado en Calle Buchardo N° 1250 – B° Pueyrredon – Cór-
doba – Departamento Capital”, las que a los efectos pertinentes forman
parte de la presente Resolución como Anexo I y II, y consecuentemente
DEVOLVER al contratista de la misma, la Empresa VILLAN MARIO VA-
LERIO, la Garantía por Ejecución de Contrato oportunamente constituida,
como así también Fondo de Reparo retenido el que asciende a la suma de
PESOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DOCE CON CINCUEN-
TA Y SEIS CENTAVOS ($43.212,56.-), debiéndose librar Orden de Pago
a favor de la mencionada Empresa, conforme las razones expresadas en
considerando que se dan por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y previa intervención de la Dirección General de Administración
del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, PASE a la Jefatura
de Área Inspecciones y Certicaciones, a sus efectos.-
FDO.: DANIEL REY, SECRETARIO DE ARQUITECTURA
Anexo: https://goo.gl/mNSZgW
Resolución N° 652
Córdoba, 20 de octubre de 2016
EXPEDIENTE N* 0047-004077/2015 – REFERENTE Nº 4.-
VISTO este Referente en el que a fs. 2, mediante Nota de fecha 27 de
Abril de 2016 presentada por la Empresa JUAN PABLO MARTINAZZO,
contratista de la obra: “REPARACIONES GENERALES, ELÉCTRICAS Y
SANITARIAS EN LA ESCUELA ARZOBISPO CASTELLANO, ubicada en
Calle Rodrigues de la Torre N° 1383 – B° Suárez – Córdoba – Departa-
mento Capital”, solicita Redeterminación de Precios de la mencionada obra
en el marco de las disposiciones del Decreto N° 1133/10 recticado por su
similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 3 y 5, corre agregada la documentación presentada por la
contratista, fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a fs. 7/29
documentación relacionada con la ejecución de la obra que se trata, de
la que se desprende que la adjudicación de los mencionados Trabajos se
perfeccionó mediante Resolución N° 543 de la entonces Dirección General
de Arquitectura, con fecha 31/07/2015, habiéndose suscripto el Contrato
correspondiente con fecha 20/10/2015, replanteándose los trabajos con
fecha el 21/12/2015;
Que a fs.25/27, corre agregada copia de Acta Acuerdo por Redetemri-
nación de Precios, tramitada por Referente N° 1;
Que a fs. 29, Unidad Coordinadora Interministerial produce informe de
plazos solicitando la Redeterminación de Precios de la obra de referencia;
Que a fs. 30 División Certicaciones informa que no se ha confeccio-
nado Certicado Extraordinario de Pago a Cuenta, indicando en el mismo,
que el avance acumulado de los partes mensuales desde el replanteo has-
ta Marzo/2016 es del 100%;
Que a fs. 33/40, toma participación Sección Costos, elaborando plani-
lla e informe del que surge que atento lo dispuesto por los artículos 4, 8,
9 y 10 del Decreto Nº 1133/2010, recticado por su similar Nº 1231/2010
y lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se vericó una
variación de costos a partir del mes de Enero/2016 del 9,39%, por lo que
se procedió a calcular el Factor de Redeterminación (Fri) correspondiente,
vericándose una variación de costos a partir del mes de Enero/2016 con
un porcentaje del 8,45%, habiéndose aplicado los Números del Nivel Ge-
nereral de Índice del Costo de la Construcción en el Gran Buenos Aires,
publicados mensualmente por el INDEC, a valores del mes anterior a dicha
fecha y a valores del mes anterior al de la fecha de última Redeterminación
(Agosto/15), resultando un total a reconocer a la contratista por dicho con-
cepto la suma de $ 177.683,33.- por lo que el nuevo presupuesto de obra
redeterminado al mes de ENERO/2016 asciende a $ 2.342.418,09,.- A fs.
41la Dirección de Obras, Licitaciones y Contrataciones, propicia la conti-
nuidad del trámite;
Que a fs. 43, mediante Dictamen N° 549/2016, División Jurídica expre-
sa conforme las actuaciones agregadas en autos y el referido análisis de fs.
33/40 elaborado por Sección Costos, no existe objeción de Orden Jurídico
formal para proceder a la Redeterminación solicitada;
Que respecto de los análisis técnicos y contables, ese Servicio Asesor
no abre juicio por cuanto escapa al ámbito de su competencia material;
Que por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos Provincial N°
1133/10 y 1231/10 y el Decreto N° 2000/15, puede el Señor Secretario de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR