Resolución Nº 648/GCABA/MEGC/16

FirmantesAcuña
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición23 de Febrero de 2016

VISTO:

La Ley N° 70/98, los Decretos N° 67/10, N° 501/12, Resolución N° 51-MHGC-10 y sus

normas reglamentarias, la Resolución 26/SSGEFYAR/15, el Expediente Electrónico N°

3.214.368/MGEyA/DGTEDU/16 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 70/98 fija los sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control

del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la

organización y funcionamiento de sus órganos;

Que por otra parte el Decreto N° 67/10, aprobó el régimen para la Asignación de

Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la

obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de

aplicación al Ministerio de Hacienda;

Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los

responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el

titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según

propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma

equivalente...";

Que por otro lado, debe señalarse que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se

aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10, cuyo artículo 3° establece que "las

normas particulares que asignen fondos deberán especificar: ...c) los responsables de

la rendición de fondos..." entre otros requisitos;

Que a través de la Disposición N° 9/DGCG/10, cuyos anexos fueron modificados por la

Disposición N° 183/DGCG/13, se aprobó el procedimiento para asignaciones en

concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de

Compras y Contrataciones;

Que el Anexo I de la Disposición N° 183/DGCG/13 dispone en el punto 1, que "Los

Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el

Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada

mediante Acto Administrativo del máximo responsables de la Jurisdicción..."

Que conforme el artículo 12 del Anexo I del Decreto N° 67/10 los responsables de los

fondos deberán ser como mínimo dos, de los cuales al menos uno de ellos deberá ser

personal de planta permanente;

Que la reglamentación del aludido decreto, es decir, el artículo 12 del Anexo I de la

Resolución...

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