Resolución N° 647/MEFGC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas - Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición28 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 647/MEFGC/19
Buenos Aires, 22 de marzo de 2019
VISTO:
La Leyes Nros 471 (conforme texto consolidado por Ley N° 6017) y su modificatoria
6025, 5460 (conforme texto consolidado por Ley N° 6017) y su modificatoria Nº 5960 ,
el Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las Resoluciones Nº
2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010 y las Actas de Negociación
Colectiva Nº 6/2014 y 36/2018 de la Comisión Paritaria Central instrumentada por la
Resoluciones Nº 1287/MHGC/2014 y 2672/MEFGC/2018 respectivamente, los
Expedientes Electrónicos Nº 1688326/MGEYA/DGDSCIV/2019,
1687638/MGEYA/DGDSCIV/2019, 1692863/MGEYA/DGDSCIV/2019,
1709979/MGEYA/DGDSCIV/2019, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de lo establecido en el Título II de la Ley Nº 471 de Relaciones
Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se
han llevado a cabo negociaciones colectivas entre representantes gremiales y el
Gobierno de la Ciudad, en relación a la creación de Plantas Transitorias del Personal;
Que el artículo 45 de la Ley Nº 471 y artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo,
instrumentado por las Resoluciones Nº 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y
2779/MHGC/2010, prevén la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual,
no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y que no puedan ser
cubiertos por personal de planta permanente;
Que por Acta de Negociación Colectiva Nº 6/2014 se acordó la incorporación gradual,
de conformidad con la criticidad de las funciones que determine el Poder Ejecutivo, de
los contratos de locación de servicios y de asistencias técnicas, al régimen establecido
en la primera parte del artículo 45 de la Ley Nº 471 y el artículo 20 del Convenio
Colectivo de Trabajo;
Que mediante Acta de Negociación Colectiva Nº 36/18, se estableció el esquema y el
procedimiento de recomposición salarial para el personal incluido en el Acta de
Negociación Colectiva Nº 6/14 cuando el mismo posea título universitario o terciario y
sea afin a las competencias de la Unidad Organizativa donde preste servicios;
Que conforme el procedimiento establecido en el ANEXO I del Acta de Negociación
Colectiva Nro 36/18 las Direcciones Generales Administración y Liquidación de
Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, y Planificación y Control Operativo, de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y
Finanzas, han tomado su debida intervención;
Que, en virtud de lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, conforme las facultades conferidas por la Ley N° 5460 y su modificatoria Nº
5960 (conforme texto consolidado por Ley N° 6017),
EL PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVEN
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5587 - 28/03/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR