Resolución N° 64-AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición25 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 64/AGC/18
Buenos Aires, 19 de enero de 2018
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/97 (texto consolidado por la Ley
N° 5.666), el Expediente Electrónico N° 9717234-MGEYA-AGC-2017, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente citado en el visto tramitó el procedimiento administrativo por
obras en contravención en la finca sita en la calle Paraguay N° 647 piso 4°, unidad
funcional N° 18 de esta Ciudad;
Que mediante Disposición N° 941-DGFYCO/17 de fecha 26 de abril de 2017 la
Dirección General de Fiscalización y Control de Obras de esta Agencia
Gubernamental de Control intimó al propietario de dicha finca para que en el plazo
improrrogable de treinta (30) días, regularice la situación de la misma, de conformidad
y bajo apercibimiento de lo establecido por los Arts.6.3.1.2 y 2.2.5.2 del Código de
Edificación, notificando de ello al administrado el 5 de mayo de 2017;
Que contra dicha Disposición la Dra. Eugenia García Rojo, en su carácter de
apoderada de la Sra. Silvia Grimm-propietaria de la mencionada finca-interpuso con
fecha 18 de mayo de 2017 recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, el
que fue rechazado mediante Disposición N° 2173-DGFYCO/17 de fecha 12 de
septiembre de 2017, siendo notificada de ello el 15 de septiembre de 2017;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico que opera en
subsidio del de Reconsideración oportunamente interpuesto, en los términos previstos
por el artículo 111° y siguientes del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-
GCBA/97;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115° de la Ley de
Procedimientos Administrativos, dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-
2017-23844590-DGAINST opinando que "Cabe hacer notar que luego que fuera
notificado el rechazo del recurso de reconsideración interpuesto, la recurrente no ha
ejercido la facultad de ampliar sus argumentos, ni tampoco acompañado constancia
alguna de haber cumplimentado las intimaciones (...)";
Que en virtud de ello, el mencionado organismo asesor concluyó que "corresponde
desestimar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del recurso de
reconsideración incoado (...)";
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 11 inciso e) de la Ley Nº
2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Artículo 1°.- Desestímase el Recurso Jerárquico que opera en subsidio del de
Reconsideración oportunamente interpuesto por la Dra. Eugenia García Rojo, en su
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5302 - 25/01/2018

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