Resolución Nº 639/GCABA/MJYSGC/15
Firmantes | Montenegro |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
Fecha de la disposición | 15 de Julio de 2015 |
VISTO:
El EE N° 4244801-MGEYA-UAC9-2013, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto tramita el Recurso de Reconsideración con
Jerárquico en Subsidio interpuesto por la Sra. Jara Mariela Elizabeth, D.N.I. N°
33.504.673, contra la Resolución N° 1587/SSEMERG/13, por la cual se le otorgó un
subsidio por inundación por la suma de pesos ocho mil cuatrocientos veintiuno ($
8.421.-) IVA incluido, por los daños alegados en el inmueble sito en calle Mozart 2055
MZ C Casa 317 Bis, presuntamente ocasionados por el fenómeno meteorológico de
fecha 2 de abril de 2013;
Que mediante Resolución N° 610/SSEMERG/14, notificada el día 28 de octubre de
2014, se desestimó el Recurso de Reconsideración incoado, quedando pendiente la
tramitación del Recurso Jerárquico en Subsidio;
Que la normativa aplicable para las inundaciones acaecidas los días 1 y 2 de abril del
2014, es la establecida en el DNU N° 1/13 ratificada por Resolución N° 32/LCABA/13,
la Ley N° 4505, el Decreto N° 117/13, la Resolución N° 609/SSEMERG/13 y normativa
complementaria;
Que con fecha 18/19 y 20 de mayo de 2015, se notificó a la administrada mediante
Edictos debidamente publicados en el Boletín Oficial, la Resolución N°
610/SSEMERG/14 y lo dispuesto en el artículo 107 in fine de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad, sin que cumplido el plazo establecido a tal efecto se
haya presentado en uso de su facultad;
Que de acuerdo al formulario de valoración de daños a la administrada le corresponde
el monto otorgado de acuerdo al Anexo II de la Resolución 609/SSEMERG/13;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso incoado conforme los
artículos 108 y 109 del mismo plexo normativo;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante
Informe N° 2015-18848925-DGAPA, señaló que el subsidio tiene carácter paliativo y la
evaluación y determinación de su monto se realiza en función del daño material
efectivamente verificado por los organismos técnicos, como así también del grado de
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