Resolución Nº 630/GCABA/AGC/15
Firmantes | Guevara |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia Gubernamental de Control |
Fecha de la disposición | 14 de Octubre de 2015 |
VISTO:
EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 26720749/MGEYA/AGC/15, Y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico citado en el VISTO tramita la solicitud de
prórroga de licencia sin goce de haberes por el término de sesenta y un (61) días, por
el período comprendido entre el 01 de noviembre de 2015 y el 31 de diciembre de
2015, requerida por el Sr. Marcelo Gabriel Mander, CUIL 20-17541633-2 quién presta
servicios en la Dirección General de Fiscalización y Control de esta AGC;
Que la referida Dirección General de Fiscalización y Control prestó su conformidad con
la solicitud efectuada;
Que mediante el dictado de la Resolución N° 322/AGC/15 se otorgó licencia
extraordinaria sin goce de haberes al Sr. Mander, por el período comprendido entre el
01 de agosto de 2015 y el 31 de octubre de 2015;
Que la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC a través de la
Subgerencia Operativa de Administración de Personal, solicitó se emita el acto
administrativo que autorice la prórroga de la licencia sin goce de haberes requerida;
Que de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 1.550/08 la licencia sin goce
de haberes no podrá exceder de un (1) año, renovable por un período similar;
Que si bien el referido Decreto N° 1.550/08 establece que las licencias extraordinarias
solo pueden ser otorgadas por funcionarios con jerarquía de Ministros del Poder
Ejecutivo, la Procuración General ha pronunciado en causas análogas, que la Agencia
- como ente autárquico - es administrada por un Director Ejecutivo, quién tiene a su
cargo la superintendencia del personal dependiente de la AGC y en atención de ello
no resulta necesaria la delegación, puesto que es una competencia propia del Director
Ejecutivo conforme lo normado por la Ley N° 2624;
Que atento lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que otorgue la
prórroga de la licencia sin goce de haberes solicitada por el Sr. Marcelo Gabriel
Mander;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y
Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 7° inciso e) de la Ley N°
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba