Resolución N° 63 - Letra:A

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición26 de Junio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 118
CORDOBA, (R.A.) MARTES 26 DE JUNIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Quince (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los nes de la rúbrica, no pudiendo realizar trámite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, y archívese. FDO: VERONICA GABRIELA SANZ. DIRECTORA GENERAL
DE INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS. MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE-
CHOS HUMANOS
Resolución N° 56 - Letra:A
Córdoba, 22 de marzo de 2018
VISTO: El Expediente N° 0007-136187/2017, mediante el cual la entidad
civil denominada “ASOCIACION CORDOBESA DE ARTES MARCIALES
MIXTAS – ASOCIACION CIVIL, con domicilio social en la Provincia de
Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar
como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d,
169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de
las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “ASOCIACION
CORDOBESA DE ARTES MARCIALES MIXTAS – ASOCIACION CIVIL”,
con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a
funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
ASOCIACION CORDOBESA DE ARTES MARCIALES MIXTAS – ASO-
CIACION CIVIL.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
Quince (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los nes de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, y archívese.
FDO: VERONICA GABRIELA SANZ. DIRECTORA GENERAL DE INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS. MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 63 - Letra:A
Córdoba, 28 de marzo de 2018
VISTO: El Expediente N° 0007-136188/2017, mediante el cual la entidad
civil denominada “ASOCIACION CORDOBESA DE SUBMISSION – ASO-
CIACION CIVIL, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República
Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Ju-
rídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d,
169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de
las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “ASOCIACION
CORDOBESA DE SUBMISSION – ASOCIACION CIVIL, con domicilio so-
cial en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como
Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
ASOCIACION CORDOBESA DE SUBMISSION – ASOCIACION CIVIL”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
Quince (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los nes de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, y archívese.
FDO: VERONICA GABRIELA SANZ. DIRECTORA GENERAL DE INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS. MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

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