Resolución Nº 63/GCABA/ENTUR/16
Firmantes | Alem |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Ente de Turismo Ley 2627 |
Fecha de la disposición | 30 de Marzo de 2016 |
VISTO:
el Decreto N° 477/11, la Disposición N° 344-DGCG/11, la Resolución N° 417-
MHGC/16 y el Expediente N° 8.203.983-ENTUR/16, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 477/11, reglamentado por Disposición N° 344-DGCG/11, se
aprobó el régimen de viáticos, alojamiento y pasajes destinados a misiones transitorias
de carácter oficial por parte de los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que el artículo 17 del Decreto antes citado, establece que las sumas que se entreguen
en concepto de viáticos, deberán rendirse por los funcionarios y agentes que viajen,
mediante el formulario adjunto como Anexo III de la mencionada norma;
Que al respecto, el punto 7 del anexo III de la Disposición N° 344-DGCG/11 establece
que deberá dictarse un acto administrativo firmado por la máxima autoridad de la
Unidad Ejecutora, por medio del cual se aprueben los gastos, dejando por sentado la
oportunidad, mérito y conveniencia de las erogaciones efectuadas, el cual deberá ser
acompañado del formulario aprobado como Anexo III del Decreto N°477/11;
Que por expediente N° 8.203.983-ENTUR/16 tramita la aprobación de la rendición de
los fondos entregados al Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires por
Resolución N° 417-MHGC/16, en concepto de viáticos para atender el desplazamiento
del Lic. Ramiro Alem, Presidente del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, para participar en Evento de Aproximación y Forum PANROTAS, que
se efectuó en la ciudad de San Pablo, República Federativa del Brasil, entre los días
14 y 16 de marzo de 2016, por la suma total de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS
SESENTA CON 80/100 ($ 7.660,80);
Que en cumplimiento del procedimiento para las asignaciones en concepto de Viáticos
establecido por la Disposición N° 344-DGCG/11, el Lic. Ramiro Alem ha acompañado
debidamente cumplimentada y firmada la Declaración Jurada Anexo III, establecida
por dicha Disposición;
Que analizada la oportunidad, mérito y conveniencia de los mismos resulta necesario
el dictado del acto administrativo correspondiente, en virtud de lo establecido en el
Que ha tomado debida intervención la Subgerencia Operativa de Asuntos Legales;
Por ello, en virtud de lo establecido en el Decreto N° 477/11 y la Disposición N°
344/DGCG/11;
EL PRESIDENTE
DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
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