Resolución Nº 63/GCABA/ENTUR/16

FirmantesAlem
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Ente de Turismo Ley 2627
Fecha de la disposición30 de Marzo de 2016

VISTO:

el Decreto N° 477/11, la Disposición N° 344-DGCG/11, la Resolución N° 417-

MHGC/16 y el Expediente N° 8.203.983-ENTUR/16, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 477/11, reglamentado por Disposición N° 344-DGCG/11, se

aprobó el régimen de viáticos, alojamiento y pasajes destinados a misiones transitorias

de carácter oficial por parte de los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que el artículo 17 del Decreto antes citado, establece que las sumas que se entreguen

en concepto de viáticos, deberán rendirse por los funcionarios y agentes que viajen,

mediante el formulario adjunto como Anexo III de la mencionada norma;

Que al respecto, el punto 7 del anexo III de la Disposición N° 344-DGCG/11 establece

que deberá dictarse un acto administrativo firmado por la máxima autoridad de la

Unidad Ejecutora, por medio del cual se aprueben los gastos, dejando por sentado la

oportunidad, mérito y conveniencia de las erogaciones efectuadas, el cual deberá ser

acompañado del formulario aprobado como Anexo III del Decreto N°477/11;

Que por expediente N° 8.203.983-ENTUR/16 tramita la aprobación de la rendición de

los fondos entregados al Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires por

Resolución N° 417-MHGC/16, en concepto de viáticos para atender el desplazamiento

del Lic. Ramiro Alem, Presidente del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, para participar en Evento de Aproximación y Forum PANROTAS, que

se efectuó en la ciudad de San Pablo, República Federativa del Brasil, entre los días

14 y 16 de marzo de 2016, por la suma total de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS

SESENTA CON 80/100 ($ 7.660,80);

Que en cumplimiento del procedimiento para las asignaciones en concepto de Viáticos

establecido por la Disposición N° 344-DGCG/11, el Lic. Ramiro Alem ha acompañado

debidamente cumplimentada y firmada la Declaración Jurada Anexo III, establecida

por dicha Disposición;

Que analizada la oportunidad, mérito y conveniencia de los mismos resulta necesario

el dictado del acto administrativo correspondiente, en virtud de lo establecido en el

Anexo III párrafo 1, de la Disposición N° 344/DGCG/11; Artículos 1 a 3

Que ha tomado debida intervención la Subgerencia Operativa de Asuntos Legales;

Por ello, en virtud de lo establecido en el Decreto N° 477/11 y la Disposición N°

344/DGCG/11;

EL PRESIDENTE

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

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