Resolución Nº 628/GCABA/MJYSGC/17

FirmantesOcampo
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad

VISTO:

La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -

DNU N° 1510/GCABA/97 (texto consolidado Ley N° 5.666)-, las Resoluciones Nros.

368/AGC/13, 248/AGC/16, 340/AGC/16 y 616/AGC/16, y el Expediente N° 2016-

16942133-MGEYA-AGC, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita el Recurso de Alzada interpuesto por

el señor Claudio Alberto IACOBACCIO, CUIL N° 20-17580073-6, contra la Resolución

N° 616/AGC/16 la cual desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por el

agente contra la Resolución N° 340/AGC/16, que había dispuesto su cese como

Gerente Operativo de Eventos Masivos de la Dirección General de Fiscalización y

Control de la Agencia Gubernamental de Control Ley N° 2624 (texto consolidado Ley

N° 5.666), toda vez que el mismo había sido transferido al Registro de Agentes en

Disponibilidad, lo que importaba la imposibilidad del ejercicio del cargo;

Que habiéndose procedido a notificar al administrado de la mencionada Resolución

con fecha 24 de abril de 2017, este efectuó una presentación contra dicho acto

administrativo;

Que la Resolución N° 616/AGC/16 reviste el carácter de acto administrativo emanado

del órgano superior de un ente autárquico, dado que el mismo ha sido dictado por el

Director Ejecutivo del Organismo Fuera de Nivel Agencia Gubernamental de Control

Ley N° 2624 (texto consolidado Ley N° 5.666);

Que en relación a estos actos administrativos, la Procuración General de la Ciudad ha

expresado en casos análogos que constituyen "... un acto administrativo que impide

totalmente la pretensión del reclamo formulado por el particular, y de tal manera la

nueva impugnación impetrada corresponde ser calificada como recurso de alzada en

los términos del art. 113 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires, resultando pertinente su tratamiento habida cuenta de que fue deducida

de conformidad con lo normado en los arts. 117 y 109 del citado cuerpo legal..."

(Dictámenes N° IF-2013-03106963-DGAINST e IF-2014-07377507-DGAINST);

Que en virtud de lo expuesto, corresponde otorgar al recurso interpuesto el tratamiento

previsto por el artículo 117 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires -DNU N° 1510/GCABA/97 (texto consolidado Ley N°

5.666), el que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR