Resolución Nº 624/GCABA/MJYSGC/16

FirmantesOcampo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 9 de Septiembre de 2016

VISTO:

La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -

DNU N° 1510/GCABA/97 (texto consolidado Ley N° 5.454)-, el DNU N° 1/GCABA/13 y

su normativa modificatoria y reglamentaria, las Resoluciones Nros. 263/SSEMERG/14

y 228/SSEMERG/15, el Expediente Electrónico N° 2014-11401336-MGEYA-

COMUNA13, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados tramita el Recurso de Reconsideración con Jerárquico

en subsidio interpuesto por el CONSORCIO DE PROPIETARIOS CALLE MELIAN

2249/53, CUIT N° 30-54794377-1, contra la Resolución N° 263/SSEMERG/14, la cual

resolvió otorgar un subsidio por la suma de pesos cinco mil quinientos ($ 5.500,00), en

el marco del "Régimen Especial de Subsidios para Damnificados por la Catástrofe

Meteorológica Extraordinaria ocurrida los días 1 y 2 de abril de 2013", creado por el

DNU N° 1/GCABA/13 y su normativa modificatoria y reglamentaria, en atención a la

valoración de daños efectuada en el inmueble sito en la calle Melian 2253 de esta

Ciudad;

Que el CONSORCIO DE PROPIETARIOS CALLE MELIAN 2249/53 recurrió el monto

otorgado oportunamente;

Que mediante Resolución N° 228/SSEMERG/15, la Subsecretaría de Emergencias del

Ministerio de Justicia y Seguridad desestimó el Recurso de Reconsideración incoado,

quedando pendiente la tramitación del Recurso Jerárquico ínsito;

Que con fecha 22 de marzo de 2016, se notificó al recurrente en los términos del

artículo 111

de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de.

Buenos Aires -DNU N° 1510/GCABA/97 (texto consolidado Ley N° 5.454)-, a fin que

proceda a mejorar o ampliar los fundamentos de su recurso, sin que el mismo haya

hecho uso de esa facultad en el plazo establecido;

Que el objetivo principal del "Régimen Especial de Subsidios para Damnificados por la

Catástrofe Meteorológica Extraordinaria ocurrida los días 1 y 2 de abril de 2013",

creado por el DNU N° 1/GCABA/13 y su normativa modificatoria y reglamentaria, no es

el de otorgar un monto de carácter resarcitorio o indemnizatorio por los daños sufridos,

sino más bien, con sentido contemplativo, paliativo y atenuante de los perjuicios que el

administrado ha sufrido;

Que ha tomado intervención la Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires mediante IF-2016-19996331-DGAPA, concluyendo que corresponde

desestimar el...

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