Resolución N° 62/SECBI/22

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 62/SECBI/22
Buenos Aires, 7 de marzo de 2022
VISTO: La Ley N° 5.671 y su Decreto Reglamentario Nº 101-GCABA-2017, el Decreto
N° 2021-262- GCABA-AJG, el Decreto N° 2021-337-GCABA-AJG, el Decreto N° 2021-
352-GCABA-AJG, RESOL- 2020-203-SECISPM y el Expediente Electrónico N° EX-
2021-37552589-GCABA-DGPSB, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 5.671 denomina Asistentes Gerontológicos a aquellas personas que
prestan servicios especializados, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, con visión gerontológica de prevención, acompañamiento, apoyo, contención y
asistencia en las actividades básicas de la vida diaria a las personas mayores de
sesenta años o más, tanto en el domicilio de éstos como en instituciones;
Que, el artículo 4°, Capítulo II de la citada Ley creó el “Registro Único y Obligatorio de
Asistentes Gerontológicos”, dentro de la órbita de la Secretaría de Tercera Edad u
organismo que en el futuro lo reemplace, actualmente la Secretaría de Bienestar
Integral;
Que, en su artículo 6º expresa que los Asistentes Gerontológicos, para su inscripción
en el Registro Único y Obligatorio del Gobierno de la Ciudad, deberán haber aprobado
el Curso de Formación de Asistentes Gerontológicos, dictados por la Secretaria de
Bienestar Integral a través Gerencia Operativa de Formación Integral de la Dirección
General de Promoción Social y Bienestar y/o por las Unidades Formadoras que
cuenten con el reconocimiento de dicha Secretaría;
Que, el artículo 7º del Capítulo II, establece que dicha inscripción se deberá renovar,
anualmente, mediante la acreditación del cumplimiento de una actualización de
conocimientos no menor a 20 (veinte) horas a fin de asegurar calidad e idoneidad en
las prestaciones brindadas;
Que, el Decreto reglamentario N° 101-GCABA-2017, en su artículo 8° establece, que
la Secretaría, como autoridad de aplicación en la materia, ofrecerá cursos específicos
y adecuados a cada una de las modalidades de Asistentes Gerontológicos, a saber,
domiciliarios o institucionales;
Que, mediante RESOL-2020-203-SECISPM se aprobó el Protocolo sobre la formación
inicial y continua, acreditación y certificación de contenidos formativos gerontológicos e
inscripción al Registro Único y Obligatorio de Asistentes Gerontológicos y sus anexos,
identificados como IF-2020-30334349-GCABA-DGPEIS;
Que, por el Decreto Nº 2021-262-GCABA-AJG, se modificó la estructura organizativa
del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
transfiriéndose, a partir del 01 de agosto de 2021, a dicho ministerio, la Secretaría de
Integración Social para Personas Mayores, con su personal, patrimonio y presupuesto,
transfiriendo en idénticos términos a las Direcciones Generales Dependencias y
Atención Primaria, Promoción e Inclusión Social, y Protección y Desarrollo Sostenible;
Que, por el Decreto Nº 2021-337-GCABA-AJG y su modificatorio, se modificó
nuevamente la estructura organizativa del Ministerio de Salud, a partir del 01 de
noviembre de 2021, modificándose asimismo la denominación y responsabilidades
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6336 - 14/03/2022

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