Resolución Nº 619/GCABA/MSGC/17
Firmantes | Bou Pérez |
Emisor | Ministerio de Salud |
VISTO:
La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666) y el Expediente Electrónico N°
19468358/2016 (HGACD) y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. a) de la Ley N° 471 (texto consolidado
por Ley N° 5666), la relación de empleo público se extingue por renuncia del
trabajador;
Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que "en caso de
renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse
dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo
de personal, y caso contrario se dará por aceptada la renuncia";
Que según surge del expediente citado en el Visto, el Dr. Julián Federico Nazar, CUIL.
23-28680630-9, presentó su renuncia a partir del día 12 de agosto de 2016, como
Profesional de Guardia Médico Asistente, titular, con 30 horas semanales, en el
Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud, de
acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada
por Ordenanza N° 41455 reglamentada por Decreto N° 2745/87 (texto consolidado por
Ley N° 5666) y Resolución N° 375/SSySHyF/06 y modificatorias;
Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado el
plazo establecido en la ley para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que,
por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de lo
prescripto en el artículo 65 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666);
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE
presentada por el Dr. Julián Federico Nazar, CUIL. 23-28680630-9, como Profesional
de Guardia Médico Asistente, titular, con 30 horas semanales, del Hospital General de
Agudos "Dr. Carlos G...
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