Resolución Nº 613/GCABA/MSGC/17

FirmantesBou Pérez
EmisorMinisterio de Salud

VISTO:

La Ley N° 471, texto consolidado por Ley N° 5454 y el Expediente Electrónico N°

02032116 MGEYA-HGACD, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. a) de la Ley N° 471 (texto consolidado

N° 5454), la relación de empleo público se extingue por renuncia del trabajador;

Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que "en caso de

renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse

dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo

de personal, y caso contrario se dará por aceptada la renuncia";

Que según surge del expediente citado en el Visto, la Dra. Sandra Noemí Funes Soto,

CUIL. 27-24307350-8- L.P.:460.276, presentó su renuncia a partir del día 15 de enero

de 2016, como Especialista en la Guardia Medica Asistente (Neonatología) titular con

40 hs semanales de labor, PDA: 4022.0600. MS.24.954- en el Hospital General de

Agudos "Dr. Carlos G. Durand", conforme la Carrera Municipal de Profesionales de

Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/87 y

Resolución N° 375/SSySHyF/06 y modificatorias;

Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado el

plazo establecido en la ley para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que,

por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de lo

prescripto en el artículo 65 de la Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 5454);

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1° Téngase por aceptada a partir del día 15 de enero de 2016, la renuncia

presentada por la Dra. Sandra Noemí Funes Soto, CUIL. 27-24307350-8- L.P.:460.276

, como...

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