Resolución N° 61/MSGC/20

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición16 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 61/MSGC/20
Buenos Aires, 13 de enero de 2020
VISTO: La Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064, los Decretos Nros. 752/08 y
203/16 y su modificatorio Decreto N° 350/19, la Resolución N° 1251-MSGC/17, el
Expediente Electrónico N° 2017-10886058-MGEYA-DGABS, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Nº 1251-MSGC/17 se dispuso el llamado a Contratación
Directa por Urgencia con destino al Hospital General de Niños Dr. Pedro Elizalde, al
amparo de lo establecido en el artículo 9, inciso c) de la Ley Nacional de Obras
Públicas N° 13.064 y el Decreto Nº 203/16 y se adjudicó la misma a la firma
Mejoramiento Hospitalario S.A., por un monto total de pesos treinta y nueve millones
novecientos cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta y uno con setenta centavos
($39.948.951,70) a valores de octubre 2016;
Que por Resoluciones Nros 2604-MSGC/17; 800-MSGC/18; 2252-MSGC/18, 759-
MSGC/18 y 2094-MSGC/19 se aprobaron como adicionales Nros. 1, 2, 3, 4 y 5 las
respectivas ampliaciones de plazo de la contratación directa citada en el considerando
precedente, con una incidencia total que asciende a quinientos por ciento (500%);
Que, por medio de la Resolución N° 2234-MSGC/19 se aprobó el adicional N° 6
consistente en la adecuación de ascensor camillero de edificio Tacuarí y ascensor de
pasajeros de edificio de clínica, por la suma setecientos cincuenta y ocho mil
ochocientos noventa y ocho con cincuenta y cinco centavos ($ 758.898,55), a valores
de octubre 2016, por el termino de cuatro (4) meses, con una incidencia del uno con
noventa por ciento (1.90%), siendo la incidencia acumulada total del contrato de
quinientos uno con noventa por ciento (501,90 %);
Que la fecha de finalización de la contratación que nos ocupa, opera el 30 de
Noviembre de 2019;
Que, la Dirección General Abastecimiento en Salud informó mediante PV-2019-
34403759-GCABA-DGABS que: "siendo que el servicio de limpieza en un hospital es
una prestación esencial, que reviste gran importancia a los fines de evitar la
paralización de las prestaciones médicas allí realizadas, ya que el grado de asepsia es
fundamental para el funcionamiento de los mismos, en particular en sectores
específicos de atención al público y tratamiento de pacientes, y que el mantenimiento
de los hospitales, mediante los rubros incluidos en la contratación referida, consisten
en obras y reparaciones correctivas, preventivas y programadas que constituyen una
necesidad fundamental para el funcionamiento del sistema de salud, en general, y de
los efectores, en particular no puede ser suspendido ni discontinuado";
Que, la ampliación contractual de marras se propicia por el término de cinco (5)
meses, considerando que para el caso que se adjudique la nueva licitación con
anterioridad a este plazo, el contrato en cuestión será economizado, sin dar ello
posibilidad alguna a reclamo por parte de la contratista;
Que, la Dirección General Recursos Físicos en Salud, mediante informe N° IF-2019-
35830059-GCABA-DGRFISS estableció que el monto total a adicionar asciende a
pesos treinta y nueve millones novecientos cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5781 - 16/01/2020

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