Resolución N° 61/AGIP/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 61/AGIP/19
Buenos Aires, 18 de marzo de 2019
VISTO:
La Ley Nº 2.809 (texto consolidado Ley N° 6.017), el Decreto Reglamentario Nº
127/GCABA/14, la Resolución Nº 601/MHGC/14 y su modificatoria Resolución N°
730/MHGC/14, la Ley N° 2.603 (texto consolidado Ley N° 6.017) reglamentada
mediante Decreto N° 745/GCABA/08, la Resolución N° 4.093/MHGC/16, la
Contratación Menor Nº 8618-1920-CME17, las Disposiciones N° 128/AGIP/17 y Nº
172/AGIP/2018, el Expediente Electrónico N° 33.026.788/AGIP/18, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la Contratación Menor Nº 8618-1920-CME17, ha tramitado la
contratación del servicio mensual de control de plagas, en edificios de la AGIP,
adjudicándose mediante Disposición N° 128/AGIP/17 a la firma María Fernanda
González Piris Quesada (Salubritas) por un total de pesos doscientos sesenta y tres
mil seiscientos cuarenta ($ 263.640.-) y por un período de doce (12) meses;
Que mediante Disposición Nº 172/AGIP/2018 se aprobó la prórroga del mencionado
servicio, por un plazo de 12 (doce) meses;
Que mediante Expediente Electrónico N° 33.026.788/AGIP/18 la firma proveedora
solicita la aplicación del régimen de Redeterminación de Precios según lo establecido
en el Artículo 1° de la Resolución N° 730/MHGC/14;
Que en los presentes obra el proyecto de estructura de costos propuesto por el área
competente;
Que mediante IF-2018-34053462-AGIP la División Seguimiento de Contratos presta
conformidad a la solicitud y mediante E.E. N° 33.026.788/AGIP/18, la citada firma
presenta el análisis de precios del servicio;
Que obran en los presentes actuados los informes del nivel jerárquico correspondiente
recomendando la aplicación del régimen de redeterminación de precios.
Que mediante el Expediente Electrónico N° 33.026.788/AGIP/18 la firma proveedora
adjuntó el correspondiente análisis de precios con los respectivos indicadores
sugeridos;
Que no habiéndose incluido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares la
estructura de ponderación de los insumos principales y, conforme lo establece el
Artículo 1°, inciso b) de la Resolución N° 730/MHGC/14, es competencia de ésta
Administración Gubernamental en su carácter de jurisdicción comitente, la aprobación
de la misma;
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1°.- Apruébase de conformidad con lo previsto en el Artículo 1°, inciso b) de la
Resolución N° 730/MHGC/14, la estructura de ponderación de insumos principales
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5583 - 22/03/2019

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