Resolución N° 6071/MCGC/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición26 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 6071/MCGC/21
Buenos Aires, 27 de diciembre de 2021
VISTO: El Decreto N° 1.550/08 y modificatorios, la Resolución N° 3746-MCGC/20, el
E.E. Nº 36509497-GCABA-CTBA/21, y
CONSIDERANDO:
Que mediante lo establecido en la Resolución N° 3746-MCGC/20, se autorizó en
forma excepcional, a partir del día 1° de febrero de 2021 y por el término de UN (1)
año, la ausencia sin goce de haberes, al agente Fernando Daniel Screpis (C.U.I.L. N°
20-27150477-3), perteneciente al Dirección General del Complejo Teatral de la Ciudad
de Buenos Aires del Ministerio de Cultura, de conformidad con lo establecido por el
Decreto N° 1.550/08 y su modificatorio;
Que según surge del presente actuado, el nombrado agente solicita la prórroga de
dicha autorización por igual término, a partir del día 1° de febrero de 2022;
Que el citado organismo, accede a lo requerido, toda vez que su otorgamiento no
afectará el normal desarrollo de las tareas;
Que el artículo 1° del Decreto N° 1.550/08, con la modificación introducida por su
similar N° 102/21, delega en el Vicejefe de Gobierno, los/as señores/as Ministros/as,
los/las Secretarios/as con dependencia directa del Jefe de Gobierno, las máximas
autoridades de los entes descentralizados y autárquicos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y de los organismos dependientes del Poder Ejecutivo
creados por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de
autorizar de forma excepcional, la ausencia sin goce de haberes, su otorgamiento,
limitación y cese, a los agentes de planta permanente comprendidos en la Ley Nº 471
y al personal de la planta transitoria creada en el marco del Acta de Negociación
Colectiva de la Comisión Paritaria Central N° 6/14, instrumentada mediante la
Resolución N° 1287-MHGC/14, aclarando en el artículo 2° del mismo que el plazo de
la referida ausencia se podrá conceder por única vez por trabajador/a, y su duración
no podrá exceder de UN (1) año prorrogable, por única vez, por un período no superior
a DOCE (12) meses;
Que, por lo expuesto, se entiende procedente autorizar la prórroga solicitada, por lo
que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por el Decreto N° 1.550/08 y
modificatorios,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
Artículo 1°.- Prorrógase a partir del día 1° de febrero de 2022 y por el término de UN
(1) año, la ausencia sin goce de haberes autorizada de forma excepcional por
Resolución N° 3746-MCGC/20, al agente Fernando Daniel Screpis (C.U.I.L. N° 20-
27150477-3), perteneciente al Dirección General del Complejo Teatral de la Ciudad de
Buenos Aires del Ministerio de Cultura, de conformidad con lo establecido por el
Decreto N° 1.550/08 y modificatorios, reteniendo sin percepción de haberes la partida
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6305 - 26/01/2022

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