Resolución N° 60/OGDAI/22

EmisorVicejefatura de Gobierno
Fecha de la disposición 8 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 60/OGDAI/22
Buenos Aires, 30 de junio de 2022
VISTO: La Ley N° 104 (t.c. Ley N° 6.347), los Decretos N° 260/17, N° 427/17, N°
432/17 y N° 13/18, y los expedientes electrónicos EX-2022-17992365-GCABA-
COMUNA10 y EX-2022-23232634-GCABA-OGDAI; y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente N° EX-2022-23232634-GCABA-OGDAI tramita un reclamo de
acceso a la información pública interpuesto el día 27 de junio de 2022 contra la
Dirección General Recursos Físicos en Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires (artículo 32 de la Ley N° 104);
Que el Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información tiene entre sus
atribuciones, la de recibir y resolver los reclamos que ante él se interpongan. Podrán
interponer reclamos aquellas personas que hayan realizado un pedido de información
pública y que no hayan recibido respuesta en plazo o, habiéndola recibido, la
consideren insuficiente (artículos 12, 13, 26 incisos a, c, d y f, y artículo 32 de la Ley
104);
Que el día 11 de mayo de 2022, un vecino solicitó información en relación a la obra
Guardia Nueva y Relocalización del Jardín Maternal, Remodelación del área
Administrativa e Imágenes en el Hospital General de Agudos Dalmasio Vélez
Sarsfield, licitación Pública 42/SIGAF/18 y Licitación Pública 401-0007-LPU 2022. En
particular, solicitó se le informe: 1) si la Empresa Constructora TALA S.A. cobró los
certificados de obra en tiempo y forma conforme a lo previsto en el pliego de la
licitación 42/SIGAF/18 y si se corresponde con los trabajos realizados, requiriendo
copia de los mismos; 2) si se rescindió la licitación 42/SIGAF/18 por parte de la
empresa constructora o por parte del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad y
por qué; 3) si se hizo la recepción provisoria de la obra Remodelación de la Sala de
Preparto en forma parcial o total y de cada una de las etapas en que se divide la obra;
4) si el Adicional 3 y 4, Resolución 174/SSASS/20 y Resolución 539/SSASS/20, se
ejecutó y, en el caso que no se haya realizado, si esos trabajos están incluidos en la
nueva licitación 401-0007-LPU 2022;
Que surge de las constancias de los expedientes que el sujeto obligado contestó
mediante informe IF-2022-20027594-GCABA-DGRFISS el día 8 de junio de 2022. Allí
respondió a la totalidad de los puntos de la solicitud. Específicamente, explicó en
cuanto al punto 1 que las Actas de Medición y Certificados fueron revisados y firmados
oportunamente por la Inspección de Obra en tiempo y forma y se corresponden con
los trabajos realizados por la empresa. En relación a su cobro, acompañó
posteriormente el detalle en IF-2022-22976558-GCABA-DGRFISS. Sobre el punto 2
aclaró que la obra no se rescindió, sino que se economizaron las Etapas B y C y
algunas tareas de la Etapa A, según consta en el Balance de Economías No. 5, que
tramitó por EX-2021-19107757-GCABA-MSGC y se aprobó por RESOL-2021-1226-
GCABA-SSASS 23/11/2021. Con respecto al punto 3 de la solicitud, manifestó que la
remodelación de la sala de preparto no se ejecutó y detalló las recepciones de la obra
señalando acta de recepción y fecha. En cuanto al punto 4, expresó que ambos
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6414 - 08/07/2022

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