Resolución N° 60 - Letra:A 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 3 de Julio de 2017 |
Emisor | Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas |
Fecha de la disposición | 20 de Marzo de 2017 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 70
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 12 DE ABRIL DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Que la adecuación tiene como destino atender los gastos del Plan de In-
versión en Seguridad previsto para el ejercicio 2017.
Que por la presente Resolución se propicia una modicación del Presu-
puesto General en vigencia, incrementando asimismo el total de las Con-
tribuciones y las Erogaciones Figurativas.
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones legales vi-
gentes, de acuerdo con los artículos 31 y 110 in ne de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha mani-
festado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria de la
operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Dirección
de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 177/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros y el
Cálculo de Contribuciones y Erogaciones Figurativas del Presupuesto Ge-
neral de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el
detalle analítico incluido en el Documento Modicación de Crédito Presu-
puestario N° 13 (Recticación) del Ministerio de Gobierno y el Documento
Modicación de Crédito Presupuestario Nº 2 (Compensación Interinstitu-
cional) de este Ministerio los que como Anexo I y II con una (1) foja útil cada
uno, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General
de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la Pro-
vincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatura,
comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/5CM0Ey
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N° 5
Córdoba, 10 de abril de 2017
VISTO:
El expediente N° 0473-064619/2017,
Y CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 1205/15, el Poder Ejecutivo instauró un régimen de
retención, percepción y/o recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Que por el artículo 236 del citado Decreto esta Secretaría se encuentra fa-
cultada para designar o dar de baja los agentes de retención, percepción y/o
recaudación involucrados en el régimen, indicando la fecha a partir de la cual
los sujetos deberán comenzar –o cesarán- en su actuación como tales.
Que el referido régimen, prevé un mecanismo de revisión continua tanto de los
sujetos alcanzados, en función de su interés scal, capacidad de administra-
ción y cumplimiento de los deberes formales y sustanciales para con el Fisco
Provincial, así como del funcionamiento del régimen, en virtud de los cambios
que la realidad económica produce en los sectores involucrados.
Que en tal sentido a los nes de mantener actualizado el universo de agentes
de retención y percepción involucrados en el régimen, se estima conveniente
dar de baja de la nómina de agentes de retención del Anexo I y de percepción
del Anexo II, ambos, de la Resolución N° 29/15 de esta Secretaria a SanCor
Cooperativas Unidas Limitada.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas y a lo informado por la Unidad de
Asesoramiento Fiscal mediante Nota Nº 16/2017 y lo dictaminado por el Área
Legales de este Ministerio de Finanzas al Nº 208/2017,
EL SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS
R E S U E L V E :
Artículo 1° MODIFICAR el ANEXO I- Título I) Agentes de Retención Gene-
ral de la Resolución Nº 29/15 de esta Secretaría, sus modicatorias y normas
complementarias, según se indica a continuación:
Dar de baja:
TITULO I) AGENTES DE RETENCIÓN GENERAL
CUIT NOMBRE
30-50167764-3 SANCOR COOPERATIVAS UNIDAS LIMITADA
Artículo 2° MODIFICAR el ANEXO II- L) Sector Productos Alimenticios de la
Resolución Nº 29/15 de esta Secretaría, sus modicatorias y normas comple-
mentarias, según se indica a continuación:
Dar de baja:
ANEXO II – L) SECTOR PRODUCTOS ALIMENTICIOS
CUIT NOMBRE
30-50167764-3 SANCOR COOPERATIVAS UNIDAS LIMITADA
Artículo 3° El agente de retención y percepción dado de baja por el artículo 1°
y 2° de la presente Resolución deberá dejar de actuar como tal, a partir de la
fecha de publicación de la presente.
Artículo 4° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.: LIC. HEBER FARFAN, SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 60 - Letra:A
Córdoba, 20 de marzo de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-131097/2017, mediante el cual la entidad
civil denominada “CENTRO VECINAL DE BARRO RIVERA INDARTE”, con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
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