Resolución Nº 60/GCABA/SSDHPC/16

FirmantesMalewicz
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural
Fecha de la disposición11 de Octubre de 2016

VISTO:

La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), el Decreto N° 95/14 y sus

modificatorios, la Resolución N° 45-SSDHPC/16, el Expediente Electrónico N°

13735337-MGEYA-DGTAD/16, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el actuado citado en el Visto tramita la Contratación Menor N° 101-

1268-CME16 cuyo objeto es la contratación de un "Servicio de Alquiler de

Equipamiento para Eventos en la Vía Pública", con destino a la Subsecretaría de

Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano,

dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, al amparo de lo establecido en el Artículo

38 de la Ley N° 2.095;

Que por medio de la RESOL-2016-45-SSDHPC se aprobaron los Pliegos de Bases y

condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y, asimismo se dispuso el

llamado a Contratación Menor mediante el sistema de compras electrónicas BAC para

el día 22 de julio de 2016 a las 11:00 horas;

Que se cursaron las invitaciones de rigor a través del sistema de compras electrónicas

BAC;

Que ha sido publicado en el sitio oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires la

convocatoria al presente llamado de Contratación Menor;

Que habiéndose llevado a cabo la Apertura de la Contratación que tramita, y conforme

surge del Acta respectiva se recibieron las ofertas de las firmas MARIO ENRIQUE

BUSTOS (CUIT N° 20-11994695-7) y S.I.V.E GROUP S.A. (CUIT N° 30-71101045-5);

Que la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural solicita a la

Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la secretaría Legal y

Técnica, arbitrar los medios necesarios que permitan dejar sin efecto el proceso por

cuestiones operativas;

Que en tal sentido el Organismo solicitante, atento el estado de las actuaciones y

haciendo uso de las prerrogativas establecidas en el artículo 18 del Pliego de Bases y

Condiciones Particulares, como así también del artículo 84 de la Ley N° 2.095

manifiesta oportuno dejar sin efecto la presente Contratación Menor.

Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades

conferidas por el Anexo II del Decreto 411/16,

LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO...

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