Resolución Nº 60/GCABA/SSDHPC/16
Firmantes | Malewicz |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural |
Fecha de la disposición | 11 de Octubre de 2016 |
VISTO:
La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), el Decreto N° 95/14 y sus
modificatorios, la Resolución N° 45-SSDHPC/16, el Expediente Electrónico N°
13735337-MGEYA-DGTAD/16, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el actuado citado en el Visto tramita la Contratación Menor N° 101-
1268-CME16 cuyo objeto es la contratación de un "Servicio de Alquiler de
Equipamiento para Eventos en la Vía Pública", con destino a la Subsecretaría de
Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano,
dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, al amparo de lo establecido en el Artículo
38 de la Ley N° 2.095;
Que por medio de la RESOL-2016-45-SSDHPC se aprobaron los Pliegos de Bases y
condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y, asimismo se dispuso el
llamado a Contratación Menor mediante el sistema de compras electrónicas BAC para
el día 22 de julio de 2016 a las 11:00 horas;
Que se cursaron las invitaciones de rigor a través del sistema de compras electrónicas
BAC;
Que ha sido publicado en el sitio oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires la
convocatoria al presente llamado de Contratación Menor;
Que habiéndose llevado a cabo la Apertura de la Contratación que tramita, y conforme
surge del Acta respectiva se recibieron las ofertas de las firmas MARIO ENRIQUE
BUSTOS (CUIT N° 20-11994695-7) y S.I.V.E GROUP S.A. (CUIT N° 30-71101045-5);
Que la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural solicita a la
Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la secretaría Legal y
Técnica, arbitrar los medios necesarios que permitan dejar sin efecto el proceso por
cuestiones operativas;
Que en tal sentido el Organismo solicitante, atento el estado de las actuaciones y
haciendo uso de las prerrogativas establecidas en el artículo 18 del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares, como así también del artículo 84 de la Ley N° 2.095
manifiesta oportuno dejar sin efecto la presente Contratación Menor.
Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades
conferidas por el Anexo II del Decreto 411/16,
LA SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO...
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