Resolucion N° 60 -2016-

EmisorDccion Defensa del Consumidor
Fecha de la disposición12 de Julio de 2016

RESOLUCION N° 60 -2016-

Mendoza, 12 de julio de 2016

Visto: La necesidad actualizar la Resolución de protección de los Consumidores del servicio educativo y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 42º de la Constitución Nacional establece que entre los derechos de los consumidores se encuentran los de protección de sus intereses económicos, información adecuada y veraz y libertad de elección en la adquisición de bienes y servicios,

Que también señala que las autoridades proveerán a la protección de esos derechos y a la defensa de la competencia, como forma de evitar la distorsión de los mercados,

Que el artículo 4º de la Ley Nacional Nº 24.240 establece como obligación de los proveedores la de suministrar a los consumidores información veraz, detallada, eficaz y suficiente acerca de las características de las cosas o servicios que comercializan,

Que los consumidores interesados en contratar servicios educativos privados, incorporados a la enseñanza oficial, deben ser informados adecuadamente de los valores de las cuotas, como así también de todo otro costo asociado a la prestación del servicio educativo en cuestión, para adoptar la decisión que realmente convenga a sus intereses,

Que la Dirección de Defensa del Consumidor tiene como finalidad promover una adecuada educación del consumidor, para lograr así una mayor libertad y racionalidad del consumo de bienes y de la utilización de servicios,

Que la Dirección de Defensa del Consumidor dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia

de la Provincia de Mendoza, es la Autoridad de Aplicación de las Leyes

Nº 24.240 y Nº 5547,

Que las leyes citadas facultan a esta Dirección a elaborar políticas tendientes a la defensa de los consumidores y a dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de las prescripciones de la

ley y su reglamentación,

Por ello

LA DIRECTORA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

RESUELVE:

Artículo 1°

Los Establecimientos Educativos Privados incorporados a la enseñanza oficial que presten, con o sin subsidio del Estado, servicios en el ámbito de la Provincia de Mendoza, deberán.

presentar ante esta Dirección, a través del correo electrónico cuotasprivados@mendoza.gov.ar, o por cualquier otro procedimiento digital que se establezca, la siguiente información:

• CUIT

• CUE

• Razón Social

• Nombre del Establecimiento

• Domicilio

• Localidad

• Departamento

• Teléfonos de Contacto

...

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