Resolución Nº 6/GCABA/ASINF/16
Firmantes | Dougall |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de Sistemas de Información |
Fecha de la disposición | 19 de Abril de 2016 |
VISTO:
El Decreto N° 752/GCABA/10, el Decreto N° 42/GCABA/16, el Decreto N°
265/AJG/2016, el Expediente Electrónico N° 3660926-MGEYA-ASINF-2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el visto tramita la autorización para el pago por
la "Provisión de un Servicio Profesional Especializado para ejecutar la Migración de
Servidores Linux" prestado por la empresa INTELIHELP S.A., por el periodo de febrero
y marzo de 2016;
Que en este sentido la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios
Generales de esta Agencia de Sistemas de Información, informó que dicho Servicio
fue prestado por la empresa de referencia según Orden de Compra N° 8056-1182-OC-
15 cuya fecha de finalización fue en el mes de septiembre del 2015, por un importe
mensual de pesos ciento siete mil trescientos cincuenta y siete con 25/100 ($
107.357,25.-);
Que ello así la Dirección General de de Infraestructura remarcó la necesidad de dar
continuidad al Servicio a fin de realizar las actividades de calidad planificadas, sin
generar demoras a los procesos programados y en ejecución encaminados con el fin
de lograr los objetivos en las fechas comprometidas;
Que en tal sentido, por el artículo 6° del Decreto N° 752/GCABA/10 se faculta a los
funcionarios mencionados en el anexo II "... para aprobar, los gastos de imprescindible
necesidad cuando la operación sea de tracto sucesivo, de acuerdo con los límites
establecidos en el citado Anexo.";
Que por su parte el artículo 7° del mencionado Decreto dispone que "Las actuaciones
donde tramiten operaciones contempladas en el artículo anterior deben cumplir con los
siguientes requisitos: a) detallar el estado de avance del proceso licitatorio respectivo
y, en caso de no corresponder dicho procedimiento, justificar las causas y el motivo; b)
en su caso, indicar el monto mensual promedio abonado dentro de los últimos seis (6)
meses, por la provisión y prestación de dicho bien o servicio; y c) establecer el período
por el cual se solicita dicha autorización, el cual no deberá exceder de un (1) trimestre,
en la medida que dicho lapso no supere la finalización del...
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