Resolución N° 6 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorCONTADURÍA GRAL DE LA PROVINCIA
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXIX - Nº 100
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 26 DE MAYO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
que constituyen, a mi criterio, una inconstitucionalidad. Me opongo a toda
actualización tarifaria, cualquiera sea su naturaleza, que no cumpla con lo
establecido en las Normas Provinciales, derivadas del Art. 42 de la Cons-
titución Nacional, la Ley Nacional de Defensa del Consumidor 24240 (y
modicatoria) y la Constitución Provincial en sus Artículos 19, 29 y 75, me
reero a las Leyes 8835, 8836, 8837, 9318 y Decreto Provincial N°797/01,
que jan la convocatoria de “Audiencias Públicas” para su análisis previo
a su aplicación. Ante medidas que conllevan una implicancia económica
directa sobre las tarifas de electricidad, es obligación del Estado Provincial
– en este caso el ERSeP- brindar a los usuarios y consumidores las herra-
mientas de participación y protección de los derechos constitucionales de
incidencia colectiva, entre ellos, el de informar de manera veraz, oportuna,
cierta y suciente sobre las características de los aumentos pretendidos y
permitir mediante la participación, ejercer el derecho a defensa de sus inte-
reses económicos, permitiendo además, un mecanismo de consenso y dar
garantía de transparencia de los procedimientos. En tal sentido, adhiero a
los criterios y argumentos jurídicos expresados por el Vocal Dr. Facundo
Cortez Olmedo.
Si bien solo voto a favor de la convocatoria a Audiencia Pública, no puedo
dejar de señalar mi descontento con el accionar judicial, dado que median-
te el citado acuerdo se legaliza un criterio sospechado de inconstitucional
y sustancia lo opuesto al objeto perseguido por el amparista.
Así voto.
Que por todo ello, lo expuesto en el Dictamen N° 0131 del Servicio Jurídico
de la Gerencia de Energía Eléctrica de este Organismo, en ejercicio de las
atribuciones conferidas por los artículos 21 y siguientes de la Ley N° 8835
– Carta del Ciudadano -, el Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS (ERSeP) por mayoría (Voto del Presidente Dr. Ma-
rio A. Blanco y de los vocales Luis A. Sánchez, Alicia I. Narducci y Walter
Scavino); disidencia parcial Dra. María F. Leiva y Dr. Facundo C. Cortes);
RESUELVE:
ARTICULO 1°: CONVÓCASE a audiencia pública, conforme lo previsto
en el Anexo Único del presente, para el día miércoles catorce (14) de junio
de 2017, a las 10:00 horas, en las instalaciones del Complejo Forja, sito en
Av. Yadarola s/N° esquina Punta del Sauce de esta ciudad, a los nes del
tratamiento de la solicitud de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba
(EPEC), en base a los siguientes puntos, a saber:
a) Análisis y revisión del porcentaje de aumento de tarifa aprobado median-
te Resolución General ERSeP N° 04/2017.
b) Fijación de un tope máximo dentro del cual resultará la aplicación del
mecanismo de ajuste trimestral aprobado en la segunda parte del Artículo
13 de la Resolución General ERSeP N° 53/2016, proponiendo que el tope
establecido para el cálculo y aplicación de la fórmula de ajuste trimestral
sean las metas de inación del Banco Central de la República Argentina
para cada período.
c) Establecimiento de una periodicidad mínima anual en la celebración de
audiencias públicas, independientemente de la utilización o no del meca-
nismo de ajuste reseñado en el punto anterior, siempre que resulte nece-
saria la actualización de tarifas.
d) Adecuación de los coecientes correspondientes a la fórmula de ajuste
trimestral (Km, Kce, Kp), para su aplicación en los próximos períodos.
ARTICULO 2°: PROTOCOLÍCESE, hágase saber, dese copia y publíque-
se en el Boletín Ocial de la Provincia.
FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VI-
CEPRESIDENTE - ALICIA ISABEL NARDUCCI, DIRECTOR - WALTER SCAVINO,
DIRECTOR - FACUNDO CARLOS CORTES, DIRECTOR - MARÍA FERNANDA LEI-
VA, DIRECTOR
Anexo: https://goo.gl/3CmTP0
CONTADURÍA GRAL DE LA PROVINCIA
Resolución N° 6
Córdoba, 23 de mayo de 2017
VISTO:
El Expediente N° 0034-089640/2016, en que se gestiona el cambio de
afectación de bienes de la Dirección de Rentas del Ministerio de Finanzas,
entregados al IPEM 345 Maestro Hugo Barrera dependiente del Ministerio
de Educación.
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 2 obra nota del Director IPEM 345, solicitando bienes al Minis-
terio de Finanzas.
QUE a fs, 14, consta acta de entrega y recepción y el listado de bienes que
están en condición de entregar a dicho establecimiento..
QUE el Artículo 124º inc. 3 c), del Decreto Nº 525/95 Reglamentario de
la Ley 7631, disponen que los cambios de afectación de bienes muebles
dentro de la Administración General de la Provincia serán autorizados por
el Ministerio de Finanzas a través del Contador General de la Provincia
cuando se produzca entre organismos atendidos por Servicios Administra-
tivos de distinta jurisdicción.
QUE el Artículo 148º de la Resolución Nº 02/2014 de la Secretaría de Ad-
ministración Financiera del Ministerio de Finanzas, modicada por Reso-
lución Nº 14/15 de la Contaduría General de la Provincia, establece que
habrá cambio de afectación de un bien mueble si este se produce entre
organismos de distinta jurisdicción por lo tanto se debe dar participación
al Ministerio de Finanzas para que a través de la Contaduría General de la
Provincia se dicte el instrumento legal pertinente. El cambio de afectación
implica una baja y alta simultánea en los inventarios de las jurisdicciones
intervinientes.
POR ELLO, y lo dispuesto por el Art. 124 Inc. 3 c.) del Decreto Nº 525/95
reglamentario de la Ley 7631, y Art. 148º del Anexo “A de la Resolución Nº
02/2014 de la Secretaría de Administración Financiera, modicada por la
Resolución Nº 14/15 de Contaduría General de la Provincia.
LA CONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA
R E S U E LV E:
ARTÍCULO 1°: AUTORIZAR el cambio de afectación de los bienes perte-
necientes a la Dirección de Rentas del Ministerio de Finanzas, que serán
entregados al IPEM 345 Maestro Hugo Barrera dependiente del Ministerio
de Educación.
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