Resolución Nº 597/GCABA/MJYSGC/17

FirmantesOcampo
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad

VISTO:

La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad -DNU N° 1510/GCABA/97-

(texto consolidado por Ley N° 5.666), la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N°

5666), las Resoluciones Nros. 43/MJYSGC/17 y 308/MJYSGC/17, los Expedientes

Electrónicos Nros. 06289644-MGEYA-DGSUM-17 y 11886730-MGEYA-DGTALMJYS-

17, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 43/MJYSGC/17 se instruyó sumario administrativo al agente

Fabián Marcelo DE LEÓN, F.C. N° 438.366, CUIL N° 20-21150965-2, dependiente de

la Dirección General de Defensa Civil de la Subsecretaría de Emergencias del

Ministerio de Justicia y Seguridad, a fin de investigar los hechos y deslindar

responsabilidades que pudieren corresponder con motivo de las presuntas

irregularidades en que habría incurrido el mismo quién, encontrándose de licencia

médica en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, habría

desempeñado funciones en ese mismo lapso temporal, como bombero voluntario en

distintos siniestros;

Que como consecuencia del dictado de la resolución referida, se instruyó el Sumario

Administrativo N° 1013/17, en el cual el agente referido reviste la calidad de

sumariado;

Que mediante Resolución N° 308/MJYSGC/17, dictada en el marco del Expediente

Electrónico N° 06289644-MGEYA-DGSUM-17, se transfirió al agente Fabián Marcelo

DE LEÓN, F.C. N° 438.366, CUIL N° 20-21150965-2, al Registro de Agentes en

Disponibilidad (RAD) en los términos del artículo 62 inciso c) de la Ley N° 471 (texto

consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 2182/GCABA/03, y el inciso 4) del

artículo 75

del Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por Resolución N°.

2778/MHGC/10, por el plazo máximo de nueve (9) meses;

Que por el Expediente Electrónico N° 2017-11886730-MGEYA-DGTALMJYS, con

fecha 24 de mayo de 2017, el agente Fabián Marcelo DE LEÓN, F.C. N° 438.366,

CUIL N° 20-21150965-2, realizó una presentación a la que denominó "Interpone

Recurso de Nulidad y de Reconsideración con Jerárquico en subsidio" contra la

Resolución N° 308/MJYSGC/17;

Que el tratamiento del recurso interpuesto, resulta admisible por haber sido incoado en

tiempo y forma;

Que en el libelo mencionado el agente Fabián Marcelo DE LEÓN, F.C. N° 438.366,

CUIL N° 20-21150965-2, no realiza una crítica directa contra el acto impugnado, sino

que por el contrario, se...

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