Resolución Nº 597/GCABA/MJYSGC/17
Firmantes | Ocampo |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
VISTO:
La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad -DNU N° 1510/GCABA/97-
(texto consolidado por Ley N° 5.666), la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N°
5666), las Resoluciones Nros. 43/MJYSGC/17 y 308/MJYSGC/17, los Expedientes
Electrónicos Nros. 06289644-MGEYA-DGSUM-17 y 11886730-MGEYA-DGTALMJYS-
17, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 43/MJYSGC/17 se instruyó sumario administrativo al agente
Fabián Marcelo DE LEÓN, F.C. N° 438.366, CUIL N° 20-21150965-2, dependiente de
la Dirección General de Defensa Civil de la Subsecretaría de Emergencias del
Ministerio de Justicia y Seguridad, a fin de investigar los hechos y deslindar
responsabilidades que pudieren corresponder con motivo de las presuntas
irregularidades en que habría incurrido el mismo quién, encontrándose de licencia
médica en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, habría
desempeñado funciones en ese mismo lapso temporal, como bombero voluntario en
distintos siniestros;
Que como consecuencia del dictado de la resolución referida, se instruyó el Sumario
Administrativo N° 1013/17, en el cual el agente referido reviste la calidad de
sumariado;
Que mediante Resolución N° 308/MJYSGC/17, dictada en el marco del Expediente
Electrónico N° 06289644-MGEYA-DGSUM-17, se transfirió al agente Fabián Marcelo
DE LEÓN, F.C. N° 438.366, CUIL N° 20-21150965-2, al Registro de Agentes en
Disponibilidad (RAD) en los términos del artículo 62 inciso c) de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 2182/GCABA/03, y el inciso 4) del
del Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por Resolución N°.
2778/MHGC/10, por el plazo máximo de nueve (9) meses;
Que por el Expediente Electrónico N° 2017-11886730-MGEYA-DGTALMJYS, con
fecha 24 de mayo de 2017, el agente Fabián Marcelo DE LEÓN, F.C. N° 438.366,
CUIL N° 20-21150965-2, realizó una presentación a la que denominó "Interpone
Recurso de Nulidad y de Reconsideración con Jerárquico en subsidio" contra la
Resolución N° 308/MJYSGC/17;
Que el tratamiento del recurso interpuesto, resulta admisible por haber sido incoado en
tiempo y forma;
Que en el libelo mencionado el agente Fabián Marcelo DE LEÓN, F.C. N° 438.366,
CUIL N° 20-21150965-2, no realiza una crítica directa contra el acto impugnado, sino
que por el contrario, se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba