Resolución Nº 596/GCABA/SSASS/17
Firmantes | Ruete |
Emisor | SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD |
VISTO:
el Decreto N° 433/16 y el EE-2017-20895903-MGEYA-MSGC, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente
a la prestación del Servicio de Limpieza en el Hospital Oftalmológico Dr. Pedro
Lagleyze, realizado por la firma Empresa Manila S.A., en el marco del Decreto N°
433/2016, correspondiente al mes de Agosto de 2017, por un monto total de PESOS
TRESCIENTOS CUATRO MIL CIENTO VEINTITRES CON CUARENTA Y OCHO
CENTAVOS ($304.123,48);
Que por RESOL-2016-416-SSASS, -comunicada por NO-2016-20147353-DGADCYP-
se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Decreto N° 433/16;
Que en función de lo allí establecido, la Dirección General Administrativa Contable y
Presupuesto ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación
obrante en los presentes, con aplicación de la normativa vigente;
Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud mediante la NO-2016-07753660-
DGRFISS, ampliada por la NO-2016-10659752-DGRFISS, comunicó la modificación
del circuito administrativo para el reconocimiento y pago de los servicios de Limpieza
General Integral, Limpieza Áreas No Concesionadas y Limpieza de Áreas Verdes;
Que asimismo reconoció la prestación del servicio mediante DI-2017-339-DGRFISS, -
Orden14-, por el monto mencionado ut-supra;
Que la mencionada Dirección General Recursos Físicos en Salud acordó la gestión
realizada y prestó conformidad a la prestación efectuada, atento que la misma resulta
esencial e imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió
garantizarse su continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población;
Que el monto de la prestación se corresponde con lo establecido en el Acta Acuerdo
N° 3-MSGC-17, de fecha 16.02.2017, por la cual se reconoce a la firma prestadora de
los servicios el incremento en el costo de la mano de obra según los convenios
salariales aplicables, tomando como base lo actuado por las Actas Acuerdo N° 27-
MSGC-16; 70-MSGC-15 y, N° 63-MSGC-2013, y el Registro N° 804.435/MSGC/10, en
el cual se fijaba un abono, sobre la base de un precio mensual final por operario de
jornada completa de $ 5.100,00 (Pesos Cinco Mil Cien) a Octubre de 2010, para...
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