Resolución N° 189/GCABA/MJGGC/09

FirmantesRodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 1 de Abril de 2009

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESOLUCIÓN N° 189/ GCABA/ MJGGC/ 09

ACLARA ALCANCES DE LA RESOLUCIÓN 47-MJGC-09 - ADICIONALES FUNCIONARIOS - GRATIFICACIÓN ANUAL EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA - CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS DE GESTIÓN CORRESPONDIENTE AL AÑO 2008 - DIRECTORES GENERALES - ADJUNTOS

Buenos Aires, 01/04/2009

VISTO: El Decreto N° 664/08, la Resolución N° 47-MJGGC/09 y el Expediente N° 2.066/09, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3° del Decreto N° 664/08 se estableció el otorgamiento de una Gratificación Anual Extraordinaria no remunerativa por cumplimiento de los Objetivos de Gestión de hasta dos sueldos y medio para los cargos de Ministro, Secretario, Subsecretario, Director General y niveles equivalentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en la mencionada norma se designó a esta Jefatura de Gabinete de Ministros como autoridad de aplicación del referido Sistema y se la facultó a dictar las normas reglamentarias, complementarias e interpretativas necesarias a los fines del eventual otorgamiento de la gratificación establecida;

Que por Resolución N° 47-MJGGC/09 se otorgó una Gratificación Anual Extraordinaria no remunerativa por Cumplimiento de Objetivos de Gestión, para el cargo de Director General y nivel equivalente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en función de los resultados obtenidos en la evaluación de desempeño del año 2008;

Que a fin de determinar los funcionarios comprendidos en la norma mencionada precedentemente, resulta necesario aclarar que la Gratificación Anual Extraordinaria no remunerativa por Cumplimiento de Objetivos de Gestión correspondiente al año 2008 comprende a los titulares de las Direcciones Generales y sus instancias Adjuntas de la estructura orgánico funcional aprobada por el Decreto N° 2.075/07 y sus modificatorios, de los Entes Fuera de Nivel y las Agencias, quedando excluidos los demás agentes que puedan detentar rango, nivel o remuneración de Director General por las funciones asignadas a su cargo.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 664/08,

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