Resolución Nº 592/GCABA/SECTRANS/16
Firmantes | Méndez |
Emisor | SECRETARÍA DE TRANSPORTE |
VISTO:
El Decreto N° 433/GCABA/10, el Expediente N° 28012795/MGEYA/SECTRANS/2016,
y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación de un gasto de
imprescindible necesidad correspondiente al Servicio de Limpieza de edificio, con
destino a dependencias de la Secretaría de Transporte del Gobierno de la Ciudad;
Que el servicio contratado reviste carácter de necesario y urgente en la medida que su
contratación se fundamenta en obligación de garantizar y mantener en buen estado de
limpieza y salubridad los espacios en los que desempeñan sus tareas el personal
perteneciente a las diferentes reparticiones de esta Secretaría de Transporte;
Que mediante Expediente N° 8444857/SECTRANS/16 tramitó un nuevo llamado a
Licitación Pública N° 768-0213-LPU16, cuya fecha de apertura operó el pasado 29 de
septiembre de 2016;
Que llegada la instancia de evaluación de ofertas fue suspendido el proceso de
compras con motivo de la delegación de su trámite a la Unidad de Proyectos
Especiales de Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno, dependiente
del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, toda vez que la contratación y
gestión de tales servicios forman parte de sus competencias;
Que como consecuencia de la suspensión del trámite y previendo nuevas demoras en
el inicio de un nuevo servicio, reparando en los motivos expuestos en el párrafo
segundo de la presente Resolución, deviene imprescindible garantizar la continuidad
del servicio;
Que en virtud de ello se solicitaron tres presupuestos a las empresas EMEVEVE S.A.,
LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. y SULIMP S.A., las cuales
presentaron sus respetivas cotizaciones;
Que tal como surge del cuadro comparativo que obra vinculado a los presentes, la
oferta presentada por la empresa EMEVEVE S.A resulta la más conveniente, motivo
por el cual se le solicitó de inicio a la prestación del servicio;
Que obra vinculado al expediente los remitos debidamente conformados de los que
surgen que la empresa ha dado cumplimiento a lo requerido en tiempo y forma;
Que por tanto y en la medida que se trata de un hecho consumado corresponde a la
Secretaría de Transporte saldar la deuda contraída;
Que se procedió a efectuar...
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