Resolución Nº 592/GCABA/SECTRANS/16

FirmantesMéndez
EmisorSECRETARÍA DE TRANSPORTE

VISTO:

El Decreto N° 433/GCABA/10, el Expediente N° 28012795/MGEYA/SECTRANS/2016,

y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación de un gasto de

imprescindible necesidad correspondiente al Servicio de Limpieza de edificio, con

destino a dependencias de la Secretaría de Transporte del Gobierno de la Ciudad;

Que el servicio contratado reviste carácter de necesario y urgente en la medida que su

contratación se fundamenta en obligación de garantizar y mantener en buen estado de

limpieza y salubridad los espacios en los que desempeñan sus tareas el personal

perteneciente a las diferentes reparticiones de esta Secretaría de Transporte;

Que mediante Expediente N° 8444857/SECTRANS/16 tramitó un nuevo llamado a

Licitación Pública N° 768-0213-LPU16, cuya fecha de apertura operó el pasado 29 de

septiembre de 2016;

Que llegada la instancia de evaluación de ofertas fue suspendido el proceso de

compras con motivo de la delegación de su trámite a la Unidad de Proyectos

Especiales de Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno, dependiente

del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, toda vez que la contratación y

gestión de tales servicios forman parte de sus competencias;

Que como consecuencia de la suspensión del trámite y previendo nuevas demoras en

el inicio de un nuevo servicio, reparando en los motivos expuestos en el párrafo

segundo de la presente Resolución, deviene imprescindible garantizar la continuidad

del servicio;

Que en virtud de ello se solicitaron tres presupuestos a las empresas EMEVEVE S.A.,

LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. y SULIMP S.A., las cuales

presentaron sus respetivas cotizaciones;

Que tal como surge del cuadro comparativo que obra vinculado a los presentes, la

oferta presentada por la empresa EMEVEVE S.A resulta la más conveniente, motivo

por el cual se le solicitó de inicio a la prestación del servicio;

Que obra vinculado al expediente los remitos debidamente conformados de los que

surgen que la empresa ha dado cumplimiento a lo requerido en tiempo y forma;

Que por tanto y en la medida que se trata de un hecho consumado corresponde a la

Secretaría de Transporte saldar la deuda contraída;

Que se procedió a efectuar...

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