Resolución Nº 59/GCABA/SSDECO/17

FirmantesGiampieri
EmisorSUBSECRETARIA DESARROLLO ECONÓMICO

VISTO:

Ley N° 2.095 y el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (textos consolidados

por la Ley N° 5.666), las Resoluciones N° 46/SSDECO/17 y N° 50/SSDECO/17, y el

Expediente Electrónico N° 18932887/DGTALMMIYT/17, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la adquisición del servicio de

membresía a favor del proveedor MCH SWISS Exhibition (Basel) para el evento "Art

Basel Cities: Buenos Aires", a llevarse a cabo entre los días 1 y 5 de noviembre de

2017 en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo establecido en

el artículo 28 incisos 5 y 7 de la Ley N° 2.095 (según texto consolidado por Ley N°

5.666) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17;

Que en ese sentido, mediante la Resolución N° 46/SSDECO/17 se llamó a la

Contratación Directa SIGAF N° 7406/17 para el día 28 de septiembre del corriente año

a las 11:00 horas y a través de la Resolución N° 50/SSDECO/17 se aprobó y ordenó la

transferencia internacional en tres etapas a la firma MCH SWISS Exhibition (Basel), de

la suma de pesos veintinueve millones ochocientos cincuenta y cinco mil novecientos

quince con ochenta y ocho centavos ($ 29.855.915,88.-) equivalentes a dólares

estadounidenses un millón setecientos mil doscientos veintitrés (U$S 1.700.223,00.-)

al tipo de cambio vigente al 27 de septiembre de 2017 establecido por el Banco

Central de la República Argentina;

Que se advirtió un error material en la redacción del artículo 3 de la última Resolución

mencionada, toda vez que se consignó equivocadamente el número de cuenta

bancaria de la firma beneficiaria, impidiendo proseguir eficazmente con las

actuaciones en trámite;

Que en ese sentido, el artículo 124 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97

(texto consolidado por la Ley N° 5.666) establece que: "En cualquier momento podrán

rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre

que la enmienda no altere la sustancia del acto o decisión";

Que en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo que rectifique la

Resolución N° 50/SSDECO/17.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO

RESUELVE:

Artículo 1° Rectifícase el artículo 3 de la Resolución N° 50/SSDECO/17 que quedará

redactado de la siguiente manera...

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