Resolución Nº 588/GCABA/SSASS/15

FirmantesGuevara
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Administración del Sistema de Salud
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2015

VISTO:

El Decreto N° 556/10, modificado por Decreto 752/10, Resolución 131-SSASS-14 y su

rectificatoria Resolución 116-SSASS-14 y el Expediente Electrónico N° 2015-

21771216-HBR, y,

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente

a la prestación del Servicio de Limpieza Integral de Áreas Verdes en el Hospital

Bernardino Rivadavia, en el marco del Decreto N° 556/10, modificado por el Decreto

N° 752/10, correspondiente al mes de Julio 2015, por un monto total de Pesos Ciento

Seis Mil ($106.000,00), realizado por la firma INDHAL S. R. L.;

Que por Resolución 131-SSASS-14, -comunicada por Nota N° 2014-4527579-

DGADC- se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II

del Decreto 556/10 y su modificatorio Dto. 752/10;

Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable ha

procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los

presentes, dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluidas, dado que

el presente tramite se inició con anterioridad al dictado del mencionado acto

administrativo;

Que respecto a los antecedentes del nuevo monto, obran vinculados al presente: en

Orden 12 Tres Presupuestos; Acta de Apertura; Informe Técnico por el cual se informa

que cada una de las ofertas "...Se ajusta en presentar lo solicitado en el Pliego de

especificaciones"; Notificación de la empresa seleccionada, y en Orden 10

digitalización del Pliego de Especificaciones Técnicas;

Que la Dirección del Hospital Bernardino Rivadavia reconoció la prestación del servicio

mediante Disposición N° 2015-577-HBR, -Orden 4-, por un total de Pesos Ciento Seis

Mil ($106.000,00);

Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud acordó la gestión realizada y

prestó conformidad a la prestación efectuada, atento que la misma resulta esencial e

imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su

continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población;

Que habiendo quedado desierta la zona 3 -Áreas Verdes- en la Licitación Pública N°

758-SIGAF-2011, por Expediente N° 53.002/12 se autorizó con carácter de

emergencia la realización de los...

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