Resolución Nº 588/GCABA/SSASS/15
Firmantes | Guevara |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud |
Fecha de la disposición | 21 de Septiembre de 2015 |
VISTO:
El Decreto N° 556/10, modificado por Decreto 752/10, Resolución 131-SSASS-14 y su
rectificatoria Resolución 116-SSASS-14 y el Expediente Electrónico N° 2015-
21771216-HBR, y,
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente
a la prestación del Servicio de Limpieza Integral de Áreas Verdes en el Hospital
Bernardino Rivadavia, en el marco del Decreto N° 556/10, modificado por el Decreto
N° 752/10, correspondiente al mes de Julio 2015, por un monto total de Pesos Ciento
Seis Mil ($106.000,00), realizado por la firma INDHAL S. R. L.;
Que por Resolución 131-SSASS-14, -comunicada por Nota N° 2014-4527579-
DGADC- se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II
del Decreto 556/10 y su modificatorio Dto. 752/10;
Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable ha
procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los
presentes, dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluidas, dado que
el presente tramite se inició con anterioridad al dictado del mencionado acto
administrativo;
Que respecto a los antecedentes del nuevo monto, obran vinculados al presente: en
Orden 12 Tres Presupuestos; Acta de Apertura; Informe Técnico por el cual se informa
que cada una de las ofertas "...Se ajusta en presentar lo solicitado en el Pliego de
especificaciones"; Notificación de la empresa seleccionada, y en Orden 10
digitalización del Pliego de Especificaciones Técnicas;
Que la Dirección del Hospital Bernardino Rivadavia reconoció la prestación del servicio
mediante Disposición N° 2015-577-HBR, -Orden 4-, por un total de Pesos Ciento Seis
Mil ($106.000,00);
Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud acordó la gestión realizada y
prestó conformidad a la prestación efectuada, atento que la misma resulta esencial e
imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su
continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población;
Que habiendo quedado desierta la zona 3 -Áreas Verdes- en la Licitación Pública N°
758-SIGAF-2011, por Expediente N° 53.002/12 se autorizó con carácter de
emergencia la realización de los...
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