Resolución Nº 58/GCABA/APRA/17
Firmantes | Filgueira Risso |
Emisor | AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL LEY 2628 |
VISTO:
Las Leyes N° 471 y N° 2.628 (textos consolidados por Ley N° 5.666), los Decretos N°
638/GCBA/07, N° 363/GCBA/15, N° 37/GCBA/16 y 675/GCBA/16, la Resolución N°
446/MHGC/16, el Expediente Electrónico N° 2017-04465095-MGEYA-DGTALAPRA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.628 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó la Agencia
de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad
autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 2.628 (texto consolidado
por Ley N° 5.666), la Agencia será administrada por un Presidente, designado por el
señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en este sentido por Decreto N° 37/GCBA/2016 se designó al Dr. Juan Bautista
Filgueira Risso como Presidente de la Agencia de Protección Ambiental;
Que conforme lo establecido en el inciso b) del artículo 8° de la Ley 2.628 (texto
consolidado por Ley N° 5.666), es función de la Presidencia: "organizar y reglamentar
el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional
para los niveles inferiores a los aprobados por la presente ley, organizativos,
operativos y de administración de los recursos humanos";
Que por Decreto N° 638/GCBA/07 se delegó a los señores Ministros, Secretarios y
titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de
efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete
correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones
correspondientes en cada caso;
Que mediante los Decretos N° 363/GCBA/15, N° 675/GCBA/16 y sus modificatorios,
se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y se instituye el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las
Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que posteriormente por Resolución N° 446/MHGC/16, se estableció que el excedente
de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos
del Artículo 7° y 8° del Decreto N° 363/GCBA/15, podrán ser administrados como
Suplemento de Gabinete;
Que la...
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