Resolución Nº 577/GCABA/SSTRANS/15
Firmantes | Dietrich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Transporte |
Fecha de la disposición | 28 de Julio de 2015 |
VISTO:
la Resolución N° 87/SSTRANS/2015; y
CONSIDERANDO
Que por la Resolución N° 87/SSTRANS/2015 se asignó, con carácter experimental y
evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, doble sentido de circulación
asimétrico, a los siguientes tramos de arterias: Avenida Entre Ríos, entre Av. Brasil y
Avenida Caseros, otorgándole (2) dos carriles de Norte a Sur y (4) cuatro carriles en
sentido contrario; y Avenida Vélez Sarsfield, entre Avenida Caseros y Los Patos,
otorgándole (2) dos carriles de Norte a Sur y (4) cuatro carriles en sentido contrario;
Que la medida adoptada favoreció la circulación vehicular en el sector aludido en el
considerando precedente, contribuyendo a mejorar las condiciones de la seguridad
vial, lo cual aconseja disponer la pertinente prórroga;
Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta
Subsecretaría por el Decreto N° 498- GCBA-2008 (B.O.C.B.A. N° 2926),
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUEVE
Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos la Resolución N°.
87/SSTRANS/2015, y hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires se expida sobre la misma, relativa a la asignación de doble sentido de circulación
asimétrico, a los siguientes tramos de arterias: Avenida Entre Ríos, entre Av. Brasil y
Avenida Caseros, otorgándole (2) dos carriles de Norte a Sur y (4) cuatro carriles en
sentido contrario; y Avenida Vélez Sarsfield, entre Avenida Caseros y Los Patos,
otorgándole (2) dos carriles de Norte a Sur y (4) cuatro carriles en sentido contrario.
Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que.
de carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del
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