Resolución Nº 572/GCABA/SSREGIC/17

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 17.776.663/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Bar, café, whisqueria, cervecería, lácteos, heladería, etc." y

"Alimentación en general, restaurante, cantina, pizzería, grill," con servicio de envío a

domicilio" para el inmueble sito en la calle Hipólito Irigoyen N° 1218 Planta Baja - y

Planta Sótano, con una superficie a habilitar de 104,50 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 9ddel Distrito APH 1 de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°

1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección:

Estructural;

Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación

Urbanística, a través del Informe N° 19164254-DGIUR-2017, considera que desde el

punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para

acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran

expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de

Planeamiento Urbano y resultan Permitidos en el Distrito de Zonificación APH 1, Zona

9d. Área de Amortiguación;

Que los usos consignados permitidos son: "Comercio Minorista: Perfumería, artículos

de limpieza y tocador, permitido hasta 1.000m2; Textiles, pieles, cueros, artículos

personales, del hogar y afines. Regalos, permitido hasta 1.000m2; Servicios Terciarios:

Personales directos en general (peluquería, salón de belleza, etc.)";

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de

Interpretación Urbanística.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO

RESUELVE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Bar, café, whisqueria, cervecería, lácteos, heladería" y "Alimentación en

general, restaurante, cantina...

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