Resolución Nº 567/GCABA/LCABA/17
Firmantes | Anzorreguy |
Emisor | LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES |
VISTO,
el Expediente N° 17257.02/SA/ 2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Obras y Servicios Operativos solicitó a la Dirección
General de Compras y Contrataciones, la adquisición de un automóvil tipo sedán, para
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo gastos de
patentamiento para uso oficial.
Que la mencionada Dirección General acompañó como complemento de su solicitud,
un Anexo con las especificaciones técnicas del automóvil a adquirir, como así también
estimó el valor total de la contratación.
Que la presente contratación permite ser encuadrada en los términos del Artículo 31
de la Ley N° 2095 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su Decreto
Reglamentario N° 08/VP/2008.
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones confeccionó el listado de
Precios Unitarios y Totales, elaboró el Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y agregó copia del correspondiente listado de proveedores inscriptos en el
Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la
Ciudad (RIUPP), de acuerdo a las normas vigentes.
Que la Dirección General de Obras y Servicios Operativos prestó conformidad al
Proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares confeccionado, mediante
Informe N° 177/DGOySO/17.
Que el monto total estimado para la presente contratación asciende a la suma de
PESOS QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 532.500.-).
Que las características del presente llamado a Licitación Pública justifican que se fije el
valor del Pliego en la suma de PESOS QUINIENTOS ($500.-).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, tomó la intervención que le compete.
Que el presente acto se emite en orden a las facultades establecidas en el
Reglamento de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de
conformidad con lo establecido en el Artículo 13 del Decreto Reglamentario N°
08/VP/2008 y su Modificatorio N° 118/VP/2014.
Por ello,
EL SECRETARIO ADMINISTRATIVO DE LA
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
encuadrada en el Artículo 31 de la Ley N° 2095 de la...
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