Resolución N° 566/PG/18

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 566/PG/18
Buenos Aires, 11 de septiembre de 2018
VISTO:
La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), el Decreto Nº 326/GCABA/2017,
las Resoluciones Nº 237/PG/2009, Nº 184/PG/2013, N° 191/PG/2013, Nº
63/PGAAPYF/2014, N° 21/PGAAPYF/2015, Nº 121/PG/2016, Nº 505/PG/2016 y Nº
404/PG/2017, y el EE N° 107119/PG/2013, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) establece las normas
básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los procesos de compras, ventas y
contrataciones de bienes y servicios, y regula las obligaciones y derechos que se
derivan de los mismos;
Que el Decreto Nº 326/GCABA/2017, que reglamenta la Ley N° 2.095 (texto
consolidado por Ley N° 5.666), fija los niveles de decisión y cuadro de competencias
para el dictado de los actos administrativos comprendidos en dicha normativa;
Que por Resolución N° 184/PG/2013, rectificada por su similar N° 191/PG/2013, se
autorizó la contratación directa para la locación administrativa de la Unidad Funcional
N° 131 ubicada en Av. Córdoba 1341/1343/1345, Piso 8, y dos (2) espacios
guardacoches identificados con los números 94 y 103, ubicados en el cuarto nivel de
la Avenida Córdoba N° 1343 y con salida a nivel por ascensor, destinado al
funcionamiento de las oficinas de las Áreas Administrativas y Jurídicas de la Dirección
General Sumarios dependiente de esta Procuración General de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que, en ese sentido, se suscribió un Contrato de Locación Administrativa, registrado
por la Dirección General de Escribanía General bajo el Registro Nº 13745 con fecha
26 de julio de 2013;
Que, asimismo, mediante Resolución Nº 63/PGAAPYF/2014 se aprobó la Primera
Addenda a la referida contratación, que implicó la adecuación a tres (3) espacios
guardacoches, identificados con los números 94, 103 y 228 en la ubicación antes
indicada, y las rectificaciones del plazo de vigencia del citado contrato y del valor del
canon locativo;
Que con las Resoluciones N° 21/PGAAPYF/2015, Nº 121/PG/2016 y Nº 404/PG/2017,
resultaron aprobadas la Segunda, la Tercera y la Cuarta Addenda, respectivamente, a
dicho Contrato de Locación Administrativa;
Que mediante Resolución Nº 505/PG/2016 se aprobó la Cláusula Adicional a la
mentada contratación, extendiendo su vigencia por un período de tres (3) años,
comprendido entre el 22 de julio de 2016 y el 21 de julio de 2019;
Que dicha Cláusula Adicional ha sido registrada por la Dirección General de
Escribanía General bajo el número 26515617;
Que de acuerdo a lo establecido en su cláusula tercera, para el segundo y el tercer
año de locación administrativa el valor mensual se fija previa tasación del Banco
Ciudad de Buenos Aires, siendo éste consensuado con el Locador;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5458 - 17/09/2018

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