Resolución N° 56/SSDHPC/22

EmisorVicejefatura de Gobierno
Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 56/SSDHPC/22
Buenos Aires, 24 de agosto de 2022
VISTO: Los Decretos N° 224. 13 y sus modificatorias. la Resolución N°3146-
MHFGC/20, las Resoluciones Conjuntas N° 11/SECLYT/13. N° 1/SECLYT/14. N°
10/SECLYT/14. N° 2, SECLYT/15 el Expediente Electrónico que se detalla en el Anexo
IF -2022-30271272-GCABA-SSDHPC el cual forma parte de la presente Resolución. y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 224/13, se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a
los Ministros, as. Secretarios. as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo. así como
también a los funcionarios/as con rango o iris el equivalente. para contratar a personas
bajo los regímenes de locación de servicios y de obra. dentro de sus disponibilidades
presupuestarias y hasta un monto máximo de pesos veinte mil (S 20.000) mensuales
por contrato: Que. por Resolución N° 3146-MHFGC/22 se elevó el monto mensual por
contrato a trescientos cuarenta mil (5340.000);
Que asimismo por el artículo lº del mencionado Decreto. se estableció que la
contratación. modificación. ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el
régimen de locación de servicios v de obra se deberá tramitar utilizando el Módulo
“LOyS” del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos — SADE-;
Que por las Resoluciones Conjuntas N° l/SECLYT/13. N°I/SECLYT/ l4, N°
10/SECLYT/14 y N °2/SECLYT/15 se establecieron respectivamente. los
procedimientos administrativos que deberán observarse en la etapa de contratación y
de ejecución de los contratos celebrados bajo el aludido régimen; Que. para el
cumplimiento de las responsabilidades primarias asignadas a la Subsecretaria de
Derechos Humanos y Pluralismo Cultural. se propicia una contratación bajo el régimen
de locación de servicios en el modo. el monto y el período que se detallan en el Anexo
de la presente Resolución;
Que habiéndose dado intervención a la Comisión para la Plena Participación e
Inclusión de Personas con Discapacidad (COPIDIS). la búsqueda efectuada no ha
arrojado postulantes que cuenten con los requisitos y, o experiencia requerida para
ocupar el puesto de trabajo en cuestión:
Que se han cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa
precedentemente mencionada y se ha efectuado la afectación presupuestaria
preventiva y definitiva del gasto. que origina la contratación que se propicia. en la
partida correspondiente al ejercicio presupuestario vigente:
Que en el marco de lo dispuesto por el artículo 5° del Decreto N° 224/13, resulta
conveniente delegar en la titular de la Dirección General de Convivencia en la
Diversidad y al Consejo de Gestión Parque de la Memoria y Monumento a las Victimas
del Terrorismo de Estado, ambas dependientes de esta Subsecretaria de Derechos
Humanos y Pluralismo Cultural, la suscripción del/los contrato/s a su cargo;
Que la presente Resolución se dicta dentro del plazo estipulado en el artículo 6º del
Decreto N° 224/13,
Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 2° del Decreto N° 224/13,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6452 - 01/09/2022

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