Resolución Nº 56/GCABA/SSREGIC/16

FirmantesCruz
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretarÍA Registros InterpretaciÓN y Catastro
Fecha de la disposición 9 de Marzo de 2016

VISTO:

El Expediente N° 6.559.566/2015 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso "Restaurante, cantina; Casa de lunch; Café-bar; Despacho de bebidas,

whiskería, cervecería", para el inmueble sito en la calle Báez N° 252, Planta Baja, con

una superficie cubierta de 152,39m2, y

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en el Sector 1 "Barrio Las Cañitas"

del Distrito R2bI de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, Ley N°

449 B.O. de la Ciudad de Buenos Aires N° 1044 de fecha 09 de octubre de 2000,

Separata y Decreto N° 1181 Boletín Oficial N° 2772 de la Ciudad de Buenos Aires,

Texto Ordenado 2006 del mismo Código;

Que la Gerencia Operativa de Grandes Proyectos Urbanos de la Dirección General de

Interpretacion Urbanistica, a través del Informe N° 4868588-DGIUR-2016, indica que

en relación a lo solicitado y a las normas pertinentes se informa que el Parágrafo

5.4.1.4, "Distrito R2bI , en su Punto 7) Casos Particulares", establece: "...7.1) Sector 1

Barrio "Las Cañitas" (Delimitado por eje de la Av. Gral. Indalecio Chenaut hasta eje de

la calle Huergo, por ésta hasta eje de la Av. Dorrego, por ésta hasta deslinde del E 4

"Campo Argentino de Polo" hasta eje de la Av. Gral. Indalecio Chenaut). En este

sector los rubros "Alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería, grill", "Bar,

café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc." del Cuadro de Usos N° 5.2.1 están

afectados a la Referencia "C"...". Por otra parte, el Acuerdo N° 313/GCABA/CPUAM/10

de fecha 13 de octubre de 2010, establece las pautas que se deben tener en cuenta

para el análisis de esta Referencia "C" en relación a los usos: "...

Artículo 1°

Objeto.-El.

presente Acuerdo regula en el Distrito de Zonificación R2bI, 7.1) Sector 1 Barrio "Las

Cañitas" del código de Planeamiento Urbano, polígono delimitado por el eje de la Av.

Gral. Indalecio Chenaut hasta el eje de la calle Huergo, por esta hasta el eje de la Av.

Borrego, por esta hasta el deslinde del E4 "Campo Argentino de Polo" hasta el eje de

la Av. Gral. Indalecio Chenaut, la localización de los rubros del Cuadro de Usos 5.2.1

a)"Alimentación en General, Restaurante, Cantina, Pizzería, Grill" y "Bar, Café,

Whiskería, Cervecería, Lácteos, Heladería, etc.", afectados a la Referencia "C".

Artículo 2°

Adecuación.-Se admite la localización de los usos referidos en el Artículo.

  1. solo en las parcelas de esquina y en una parcela intermedia por cuadra y acera.

Artículo 3°

Actividades complementarias.-En todos los casos no se permite la.

actividad complementaria...

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