Resolución N° 550/SSHI/17

EmisorMinisterio de Hábitat y Desarrollo Humano
Fecha de la disposición 8 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 550/SSHI/17
Buenos Aires, 21 de diciembre de 2017
VISTO:
Los Decretos Nros. 363/GCABA/15, y su modificatorio 386/GCABA/17, 196/GCABA/12
y su modificatorio 383/GCABA/16, la Resolución Nº 28/SECHI/14 y su modificatoria
Resolución Nº 32/SECHI/15, 482/SSHI/17, 375/SSHI/17, 383/SSHI/17, 442/SSHI/17 la
solicitud de gasto N° DOCFI-2017-20700898-SSHI, el Acta Acuerdo N° 22775607, el
Expediente N° 20282029/SSHI/2017, N° 28817005/SSHI/2017, y
CONSIDERANDO:
Que conforme los términos de los Decretos N° 363/GCABA/15 y N°386/gcaba/2017, la
Subsecretaría de Hábitat e Inclusión, dependiente del Ministerio de Hábitat y
Desarrollo Humano, tiene entre sus responsabilidades primarias "Planificar, diseñar,
coordinar y supervisar políticas, estrategias y acciones tendientes a la inclusión social
y a mejorar la calidad del hábitat en villas, núcleos habitacionales transitorios y
complejos habitacionales de la Ciudad de Buenos Aires";
Que mediante el Decreto N° 196/GCABA/12 se creó el "Programa de Apoyo a la
Gestión Social del Hábitat y la inclusión", modificado por Decreto Nº 383/GCABA/16
con el objeto brindar apoyo técnico y económico a las Organizaciones de la Sociedad
Civil (OSC) que promuevan iniciativas en procesos participativos de gestión del
hábitat, la inclusión social y la ampliación de ciudadanía;
Que el mencionado Decreto fue reglamentado por Resolución N° 28/SECHI/14 y su
modificatoria N° 32/SECHI/15;
Que en el marco del referido Programa, la OSC Fundación Kine Cultural y Educativa
(CUIT 30-70866594-7), presentó el proyecto denominado "Pintando Buenos Aires"
(Programa n°25 y actividad n°60 del Sistema Integrado de Gestión y Administración
Financiera) el cual fue aprobado por Resolución N° 375/SSHI/17 y 383/SSHI/17, luego
de la evaluación efectuada por la Dirección General de Inclusión Social, y primera
cuota aprobada por Resolución N°422/SSHI/2017;
Que el mencionado proyecto, se lleva a cabo en los barrios denominados Villa 15, por
un plazo de ejecución de siete (7) meses, y será destinado a un total de ciento veinte
familias (120) de todos los rangos etarios;
Que, en el orden N° 8, el Director General de Desarrollo Territorial a través del informe
N° 2017-29586026.-DGDTERRI, dio cuenta de la Declaración Jurada Parcial;
Que, en el orden N°7 de las presentes actuaciones, mediante Informe N° IF-2017-
29608562-SSHI, se adjuntó copia de la póliza de seguro;
Que, en el orden N° 5, también de las presentes actuaciones y mediante IF-2017-
29554214-SSHI, se adjuntó la rendición de gastos con carácter de Declaración Jurada
realizada por las autoridades de la Asociación;
Que, en orden N° 4, se encuentra la solicitud de gasto N° DOCFI-2017-20700898-
SSHI, acreditando el respaldo crediticio en la partida correspondiente del presupuesto
vigente;
Que en consecuencia, y en orden al Acta Acuerdo de Inclusión Social suscripta
oportunamente y registrada en la Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5390 - 08/06/2018

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