Resolución Nº 549/GCABA/MAYEPGC/16
Firmantes | Macchiavelli |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 14 de Abril de 2016 |
VISTO:
Las Leyes N° 13.064, y N° 2.809, los Decretos N° 1254/GCBA/08, N° 1312/GCBA/08 y
N° 552/GCBA/11, las Resoluciones N° 1285/MAYEPGC/11, N° 76/MAYEPGC/13, N°
342/MAYEPGC/14, El Expediente EX-2014-03015621-MGEYA-DGRP y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 552/GCBA/11, el Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
de Especificaciones Técnicas para la realización de la obra pública en cuestión,
autorizó al Señor Ministro de Ambiente y Espacio Público a realizar el pertinente
llamado a Licitación Pública por el régimen de la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y
delegó las facultades indicadas en el artículo 3° de dicho Decreto;
Que posteriormente por la Resolución N° 1285/MAYEPGC/11, de fecha del 28 de
octubre de 2011, el Señor Ministro de Ambiente y Espacio Público, llamó a la Licitación
Pública N° 2082/11 para la realización de la obra pública "Rehabilitación y
Mantenimiento de Aceras de la Ciudad de Buenos Aires";
Que por Resolución N° 1073/MAYEPGC/2012 se aprobó la Licitación Pública N°
2082/2011, al amparo de lo establecido por la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y se
adjudico la Zona 9 de la misma a la UTE CAVCON S.A.- EDIFICADORA TAURO S.A.;
Que mediante los expedientes N° 2803960/12 y N° 4805133/13 la contratista
CAVCON S.A. - EDIFICADORA TAURO S.A. - U.T.E. presentó la solicitud de primera
y segunda redeterminación provisoria de precios, las cuales fueron aprobadas por
Resoluciones N° 76/MAYEPGC/13 y N° 342/MAYEPGC/14, por el Diecisiete con
21/100 por ciento (17.21%) y Doce con 43/100 por ciento (12.43%) de valores de
contrato, a partir del 1° de Octubre de 2012 y 1° de Junio de 2013 respectivamente;
Que de conformidad con lo establecido en la Ley N° 2.809, la Dirección General
Redeterminación de Precios del Ministerio de Hacienda procedió a efectuar de oficio la
-
y 2° redeterminacion definitiva de precios de la Obra básica a los meses de Octubre
2012 y Junio de 2013 respectivamente;
Que de los cálculos y análisis efectuados por las Áreas Técnicas respectivas surge
que se deberá abonar a "LA CONTRATISTA", en concepto de Primera y Segunda (1°
y 2°) Redeterminacion Definitiva de Precios, la suma...
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