Resolución Nº 547/GCABA/SSREGIC/16

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 26295236/DGROC/2015 de Ajustes de obra para la finca sita en la

calle Av. San Martin N° 2140-44, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso

destinadas a Vivienda Multifamiliar y Local Comercial.

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 103.30 m2 de los cuales

18.90 m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (Piso 13°: Sala Tanques de

Reserva y Toilette); en tanto que 84.40 m2 fueron llevados a cabo en forma no

reglamentaria (Pisos 2° a 8°: Sector Estar-Comedor-Cocina- Lavadero-Dormitorio; Piso

9°: Sectores Dormitorios y Sector Estar-Comedor-Cocina-Lavadero; Pisos 10° a 12°:

Sectores Estar-Comedor-Cocina-Lavadero; Piso 13°: Estar-Comedor-Cocina-

Lavadero, Dormitorio, Baño, Paso y Galería), según surge del cotejo entre el plano

correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas s/N° de

Orden 18 Pág. 1 y 19/20 (RE-2016-07939297-DGROC) y los planos presentados para

regularizar la situación s/ N° de Orden 68 (PLANO-2016-26674322-DGROC), con

destino Vivienda Multifamiliar y Local Comercial.

Que obra s/N° de Orden 13 Pág. 5 a 6 / 12 (RE-2015-38977499-DGROC) la Memoria

e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que

interviene en el trámite de regularización.

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en

el Título V del Código Civil; según consta N° de Orden 5 Pág. 90 a 91 / 163 (RE-2015-

26146250-DGROC).

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1.

"Trabajos que requieren permiso de obra" del Código de la Edificación y el Art. 5.4.2.2.

"Distrito C2 - Disposiciones Particulares - e) FOT" del Código de Planeamiento

Urbano.

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en

contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.

N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General

n° 24.887.

Que según informe de la D.G.R.O.C. de N° de Orden 58 Pág. 1/3 (IF-2016-24318584-

DGROC) las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el

resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de

habitabilidad, iluminación y ventilación que deben...

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